Adjudicación provisional de vacantes de Enseñanzas Medias para el curso 26-27

Hace 2 horas 9

Reserva para personas que se presentaron por los turnos de personas con discapacidad (acceso 2 y acceso 6)

La Orden 32/2018 establece que el orden de adjudicación de las plazas disponibles será el siguiente:

  • 1) En primer lugar, se adjudicará a los aspirantes que participaron en el proceso selectivo correspondiente, por el turno de discapacitados, según el número de plazas ofertadas en el concurso-oposición, y no cubiertas en dicho turno.
  • 2) A continuación, se adjudicarán las plazas a los aspirantes a interinidades de la bolsa ordinaria, reservando al menos, una de cada catorce plazas de cada especialidad a los aspirantes que participaron en el proceso selectivo correspondiente, por el turno de personas con discapacidad.
    • Según la Orden 32/2018, esto se hace así:
      • Se asignará plaza a los primeros 13 aspirantes disponibles de la bolsa, asignando a continuación plaza al primer aspirante, que participó en el proceso selectivo correspondiente por el turno de personas con discapacidad, y así sucesivamente.
      • No obstante, si dentro de los primeros 13 aspirantes disponibles se adjudicara plaza a al menos una persona que participó por el turno de personas con discapacidad, a partir de esta persona comenzaría la reserva de plazas.
    • A efectos prácticos, se adjudica a una persona del turno de personas con discapacidad, mediante reserva de plaza, sólo cuando se produzca la adjudicación consecutiva de 13 personas que accedieron a bolsa por el turno libre. En el resto de casos, la adjudicación de personas con discapacidad se haría según su posición en bolsa, en las mismas condiciones que el resto de aspirantes.

Adjudicación de jornadas parciales

En ningún caso se ofertarán en la adjudicación de plazas previa al inicio de curso, tiempos parciales inferiores a media jornada. En caso de ser adjudicado/a una jornada parcial en una localidad o provincia por haberlas solicitado, se atenderá al código numérico por orden ascendiente de centro, de entre las plazas disponibles, no atendiéndose al % de jornada parcial. Es decir, se puede adjudicar una media jornada en un centro con un código numérico más bajo antes que 2/3 de jornada en otro centro con un código numérico más alto.

Prioridad de peticiones

Si se consigna en una petición ordinaria, itinerante y tiempos parciales, se optara a plazas ordinarias, itinerantes y tiempos parciales en este orden. Este tratamiento es idéntico para los diferentes tipos de códigos: centro, localidad o provincia.

CEPAs y AEPAs

Para poder optar a ellos, cuando el ámbito de actuación se extienda a varias localidades, será necesario consignar la marca itinerante.

Plazas bilingües

Si no se consignó preferencia por plazas bilingües, y se ha acreditado y solicitado alguna competencia lingüística, los aspirantes no participarán de forma preferente a plazas de tal carácter.

En Enseñanzas Medidas, se considera que se tiene la competencia si se acredita alguno de los siguientes niveles:

  • C2
  • C1
  • B2 y una experiencia de al menos 10 meses en proyectos bilingües desde el 1 de septiembre de 2018.

Si se consigna preferencia por plazas bilingües, habiendo acreditado y solicitado alguna competencia lingüística y se consigna ordinaria, itinerante y tiempos parciales, se optará a plazas bilingües, ordinarias, itinerantes y tiempos parciales en este orden.

Si no se consigna preferencia por plazas bilingües, habiendo acreditado y solicitado alguna competencia lingüística y se consigna ordinaria, itinerante y tiempos parciales se optará a plazas ordinarias, bilingües, itinerantes y tiempos parciales en este orden.
Este tratamiento es idéntico para los diferentes tipos de códigos: centro, localidad o provincia.

Peticiones de localidad y provincia

Si el código consignado es el correspondiente a una localidad o provincia, se opta a todas las plazas existentes en los centros pertenecientes a dicha localidad o provincia. Se entenderá que el aspirante no establece ninguna preferencia de centros en el caso de consignar código de localidad o de provincia, ni de localidades en el caso de consignar códigos de provincia.

El proceso de asignación para este tipo de peticiones se ejecuta, comprobando la existencia de plazas en cada uno de los centros de dicha localidad. Si existiera más de una plaza entre ellos se procederá a reservar un puesto de trabajo en la localidad, adjudicándose posteriormente, por el orden que ocupan en la lista de aspirantes y por orden de código de centro, que se establece a partir de la prioridad que representa el código numérico, por el orden ascendente que los centros poseen en el Registro de Centros Docentes, a todas las personas que posean dicha reserva de plaza.

Si el código representa una provincia se comprueba la existencia de plaza en cada uno de los e una plaza entre ellos se procederá a reservar un puesto de trabajo en la provincia, adjudicándose posteriormente, por el orden que ocupan en la lista de aspirantes y por orden de código de centro, según el criterio de prioridad indicado, que se establece a partir de la prioridad que representa el código numérico, por orden ascendente que los centros poseen en el Registro de Centros Docentes, a todas las personas que posean dicha reserva de plaza.

El órgano directivo con competencias en materia de gestión del profesorado, podrá asignar, a los aspirantes que hayan realizado una petición por localidad o provincia, plaza en centros de nueva creación que vayan a iniciar su actividad docente con ocasión del inicio del curso escolar y que la Administración publique con posterioridad a la convocatoria de participación.

No adjudicación por insuficiencia de peticiones

En ningún caso se asigna un destino si no hay plazas disponibles -llegada la posición en bolsa que se tenga- que encajen con todas las peticiones (hasta 120), bien sean a centro, localidad y provincia. En caso de no poder ser asignado, se seguirá asignando a la gente que quede por detrás en bolsa, en su caso. No se tienen en cuenta para esta adjudicación los criterios para sustituciones (provincias, tipos de jornada, etc).

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