
Información general
Este procedimiento se convoca para solicitar puestos en comisión de servicio para el desarrollo del proyecto del modelo educativo denominado Comunidades de Aprendizaje, en los siguientes centros:
- Albacete: La Paz
- CEIP La Paz
- SES La Paz
- AEPA La Paz (adscrita al CEPA Los Llanos de Albacete)
- Hellín (Albacete): Entre Culturas
- CEIP Entre Culturas
- SES Entre Culturas
- AEPA Entre Culturas (adscrita al CEPA López del Oro de Hellín)
Requisitos
- Ser funcionario/a de carrera, o ser funcionario/a en prácticas durante el plazo de presentación de solicitudes, exigiéndose su nombramiento como funcionario/a de carrera el 1 de septiembre del curso siguiente, de alguno de los cuerpos que impartan las enseñanzas (Catedráticos de Secundaria, Profesores de Secundaria, Profesores Técnicos de FP o Especialistas en Sectores Singulares de FP)
- Ser titular de la especialidad compatible con el puesto
- Las personas que hayan concluido los cuatro cursos académicos desde que superaron el proceso de provisión y quieran continuar en el centro educativo, podrán volver a solicitar la provisión del puesto de trabajo presentando nuevamente la solicitud y concurriendo al procedimiento en igualdad de condiciones al resto de aspirantes.
Solicitudes
Del 3 al 9 de junio de 2026.
La persona solicitante podrá optar a aquella o aquellas plazas vacantes que se relacionan a continuación, para las que esté habilitada y por tanto cumpla con los requisitos de solicitud, pudiendo ser vacantes de distintos cuerpos, especialidades o ámbitos.

Para optar a las plazas, hay que presentar un proyecto, siguiendo el esquema que se detalla más adelante. En el caso de optar a más de una vacante, la persona solicitante deberá realizar un proyecto por cada vacante solicitada que será presentado digitalizado y en formato PDF junto a la solicitud.
La concurrencia de los requisitos de participación será comprobada de oficio por la Administración, salvo que las personas interesadas se opongan expresamente a dicha verificación de oficio en la solicitud, en cuyo caso deberán presentar la documentación acreditativa correspondiente. Los documentos que se acompañen a la solicitud deberán ser digitalizados y presentados como archivos adjuntos a la misma.
Las personas solicitantes que sean funcionarias de una Administración educativa distinta de la de Castilla-La Mancha deberán acreditar el cumplimiento del requisito de acceso y ejercicio a las profesiones, oficios y actividades que impliquen el contacto habitual con menores, relativo a no haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, así como por trata de seres humanos, mediante la aportación de una certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales y de Trata de Seres Humanos, expedida por el Ministerio de Justicia, de acuerdo con lo establecido en el artículo 57 y siguientes de la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia, en caso de no autorizar a su comprobación de oficio por la Administración.
Así mismo, de conformidad con lo establecido en el art. 28.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, la Administración podrá requerir a las personas interesadas que aporten la documentación referida en este apartado, aunque no se hubieran opuesto a la verificación de oficio por la Administración o hubiesen autorizado a su consulta, cuando no se pueda efectuar dicha comprobación a través de las plataformas de intermediación de datos, redes corporativas u otros sistemas electrónicos habilitados al efecto.
La Administración podrá requerir cuanta documentación sea necesaria para la constatación de que se cumplen todos los requisitos y condiciones necesarios.
Se puede solicitar asistencia técnica a través del CAU de educación.
Cómo solicitar las comisiones de servicio
Adjudicación de vacantes
El procedimiento constará de dos fases:
Primera fase: defensa del proyecto presentado ante la Comisión de Valoración
- Esta fase será valorada entre 0 y 6 puntos según los siguientes criterios:

- Para poder acceder a la segunda fase será necesario obtener una puntuación mínima de 3 puntos.
- El proyecto de trabajo para la vacante a la que se opta, tendrá una extensión máxima de 20 páginas (excluido índice y/o portada, si hubiera), tamaño DIN-A4, con fuente Arial, tamaño 11 y espaciado sencillo, de acuerdo con el esquema recogido en este anexo III y se adjuntará con la presentación de la solicitud.
- La Comisión de Valoración elaborará un listado de llamamientos con fecha y lugar de presentación, de forma que las personas aspirantes deberán presentarse el día asignado en el lugar y a la hora establecida para un llamamiento único, con el documento acreditativo de su identidad, con el fin de exponer su proyecto. La exposición tendrá una duración máxima de 25 minutos y la Comisión podrá efectuar preguntas por un periodo de 5 minutos sobre su exposición. Se podrá utilizar soporte informático, o el material que se estime oportuno.
- En caso de empate se dirimirá atendiendo a la mayor puntuación conseguida por el proyecto presentado. Si el empate persistiera se atenderá a la mayor puntuación obtenida en la formación referida a las Comunidades de Aprendizaje, convivencia, mediación y resolución de conflictos. En última instancia se atenderá a la mayor antigüedad en el cuerpo al que pertenezca la persona aspirante.
Segunda fase: méritos
- Se valorarán los siguientes méritos con una puntuación máxima de 4 puntos.

Este proceso deberá finalizar antes del 6 de julio de 2026.
La no aceptación en el acto de adjudicación de las plazas ofertadas implicará la renuncia a la comisión de servicio concedida, no pudiendo el interesado o la interesada reservarse para una adjudicación posterior.
En el caso de docentes que tengan reconocida alguna medida de adaptación de puesto, si resultaran adjudicatarios de una comisión de servicios, el destino obtenido en comisión de servicios deberá ser compatible con las medidas de adaptación establecidas.
Orden de adjudicación de este tipo de comisiones
La adjudicación se producirá en el mes de julio, presumiblemente a través de llamada telefónica, siguiendo este orden.
- Comisiones de servicio en centros de nueva creación
- Comisiones de servicio en el CRIEC de Cuenca
- Comisiones de servicio en Ciclos Formativos y Cursos de Especialización
- Comisiones de servicio por Participación en proyectos de Formación Profesional Dual intensiva
- Comisiones de servicio en Residencias Escolares
- Comisiones de servicio en Centros con Convenio MEFPD- British Council-CLM y Programa Bachibac
- Comisiones de servicio para el Programa de formación específico en virtud de convenio entre el Ministerio de Defensa, el Ministerio de Educación y Formación Profesional y la Consejería de Educación, Cultura y Deportes
- Comisiones de servicio en Equipos de Atención Educativa y Aulas abiertas especializadas para alumnado con Trastorno del Espectro Autista
- Comisiones de servicio en Equipos de Atención Educativa para alumnado con discapacidad visual grave o ceguera
- Comisiones de servicio en Centros reconocidos como Comunidades de aprendizaje (sólo renovación)
- Comisiones de servicio en Equipos de Atención Educativa en Centros de Reforma de Menores.
- Comisiones de servicio en Equipos de Atención Educativa Hospitalaria y Domiciliaria.
- Comisiones de servicio en Centros reconocidos como Comunidades de Aprendizaje (provisión de plazas, únicamente para las Comunidades de aprendizaje La Paz y Entre Culturas)
- Comisiones de servicio para atender solicitudes basadas en supuestos de violencia de género
- Comisiones de servicio por cargo electo
- Comisiones de servicio por Discapacidad o enfermedad grave (renovación de puesto si existe vacante)
- Actos públicos de suprimidos/as, amortizados/as, desplazados/as, expectativas de destino, reingresados/as, funcionarios/as en prácticas
- Comisiones de servicio por Discapacidad o enfermedad grave (nueva adjudicación)
- Concursillo
- Comisiones de servicio Humanitarias por enfermedad del propio funcionario o funcionaria
- Comisiones de servicio Humanitarias por enfermedad de un familiar (primer grado de consanguinidad)
- Comisiones de servicio para facilitar el cumplimiento de medidas judiciales establecidas en relación con el ejercicio de la patria potestad, guardia y custodia y el régimen de visitas en los supuestos de separación y divorcio
- Comisiones de servicio para atender situaciones de embarazo de riesgo, así como para facilitar la realización de tratamientos médicos relacionados con la maternidad
- Comisiones de servicio para el cuidado de familiares con discapacidad.
- Comisiones de servicio por cuidado de hijos e hijas menores de 6 años, cuando ambos cónyuges o ambos miembros de la pareja de hecho trabajen fuera de la localidad de residencia familiar (75 km o más, entre lugar de trabajo y de residencia familiar), o en el caso de familias monoparentales, cuando en su caso el progenitor de que se trate trabaje al menos a 75km del lugar de residencia.
- Comisiones de servicio por cuidado de hijos e hijas menores de 6 años, cuando al menos uno de los cónyuges o uno de los miembros de la pareja de hecho trabaje fuera de la localidad de residencia familiar (200 km o más, entre lugar de trabajo y de residencia familiar)
- Comisiones de servicio para el cuidado de los ascendientes en primer grado por razón de edad
- Comisiones de servicio por enfermedad de familiares
- Comisiones de servicio por cuidado de hijos e hijas que requieran una especial atención
- Comisiones de servicio para puestos en los Servicios de Inspección de las Delegaciones Provinciales de Educación, Cultura y Deportes (únicamente para funcionarios de carrera del cuerpo de Inspectores de Educación, de Castilla-La Mancha)
- Adjudicación de vacantes de personal interino
Tras el inicio de curso, se podrían adjudicar, en caso de generarse alguna vacante durante el curso y hasta el final del mismo (por ejemplo, por fallecimientos o jubilaciones), con la misma preferencia anteriormente indicada, los siguientes tipos de comisiones:
- Por cargo electo y de conciliación, si fueron solicitadas en plazo y no se pudieron adjudicar por no existir vacante, hasta el 30 de noviembre
- Por violencia de género, durante todo el curso
- Por discapacidad igual o superior al 50% o enfermedad grave, y las de carácter humanitario, solicitadas en plazo o después de este plazo por razones sobrevenidas, durante todo el curso
Efectos de la adjudicación de comisión de servicio
- A quienes obtengan en el concurso de traslados destino definitivo en estos centros, la comisión de servicio se hará efectiva desde el 1 de julio hasta el 31 de agosto.
- En caso de ser adjudicatario/a de este tipo de comisión, se será excluido/a de la participación en el concursillo, en caso de haber participado.
- Las comisiones de servicio pueden quedar revocadas y sin efecto si desaparecen las razones de urgencia o necesidad que motivaron su concesión, si se suprimen las plazas asignadas en comisión de servicio, si se incorpora a su puesto la persona titular de la plaza asignada en comisión y por cualquier otra causa debidamente justificada y apreciada por la Dirección General de Recursos Humanos.
- Los puestos a los que se opta en este tipo de comisión son puestos de difícil desempeño: de cara tanto a concurso como a concursillo, se valora la experiencia en puestos de difícil desempeño efectivamente realizada desde la obtención del último destino definitivo (o en situación de expectativa de destino, si nunca se ha obtenido destino definitivo), con independencia de que hayan sido prestados en el centro de destino definitivo o en un centro de destino provisional (a través de concursillo o comisión de servicios).. Por tanto, si en comisión de servicios se obtiene un destino durante un año en un puesto de difícil desempeño, se valorarán con 4 puntos por año completo (0.3333 por mes) esos servicios prestados en ese puesto de difícil desempeño, en el apartado del baremo correspondiente (1.1.3), aunque no sean prestados en el centro de destino definitivo, y dicha puntuación no se perderá hasta que se obtenga un nuevo destino definitivo en el concurso de traslados.
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