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Artículo 1. Objeto.
1. Este decreto tiene como finalidad establecer el marco normativo para los programas bilingües y plurilingües en las etapas educativas no universitarias en centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. Estos programas constituyen una de las actuaciones dentro del plan de enseñanza de lenguas extranjeras de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes de Castilla-La Mancha siguiendo las metodologías de Aprendizaje Integrado de Contenidos y Lenguas Extranjeras (Aicle) y de alfabetizaciones múltiples y desde el diseño de entornos accesibles de aprendizaje.
2. El objetivo de los programas bilingües y plurilingües es mejorar la competencia comunicativa en lenguas extranjeras de todo el alumnado a través de la enseñanza integrada de contenidos y lenguas extranjeras, complementando el trabajo del profesorado especialista en lenguas extranjeras y el del profesorado de áreas, materias y módulos profesionales no lingüísticos y generando una cultura bilingüe o plurilingüe a través de la organización de distintas actividades y la participación en programas internacionales y transnacionales.
Artículo 2. Ámbito de aplicación.
Este decreto será de aplicación en todos los centros docentes no universitarios sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha que impartan enseñanzas en el segundo ciclo de Educación Infantil y Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato y Formación Profesional.
Pincha aquí para acceder al nuevo Decreto de Bilingüismo Decreto 3/2026 .pdf

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