Informe Mesa Sectorial 25-03-26. Adjuntamos Borrador Comisiones de Servicio 26-27. Plazo: 8 a 20 de abril.

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Fecha: 25 de marzo de 2026

Asistentes: Director General de RR.HH., jefes de Servicio, 

ANPE, CCOO, CSIF, STE y UGT

Primer punto: Aprobación, si procede, las actas de las sesiones del 12 de enero de 2026, 19 de enero de 2026, 3 de febrero de 2026 y 9 de febrero de 2026.

Segundo Punto: Corrección de errores de la Orden 118/2023 de 30 de mayo, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se modifica la Orden 32/2018, de 22 de febrero, por la que se regula la constitución y gestión de las bolsas de trabajo, el nombramiento y el cese del personal funcionario interino docente no universitario.

CONSEJERÍA: Se corrige la disposición transitoria de la Orden 118/2023 en lo relativo al personal funcionario interino docente no universitario afectado por la integración del profesorado técnico de FP en Secundaria, que no pueden participar en los procesos selectivos por no cumplir los requisitos de titulación. A esto se suma que es un número reducido de docentes con décadas de servicios prestados y una edad próxima a la jubilación.

Con esta modificación se amplía significativamente el periodo de permanencia en bolsas: estos aspirantes podrán mantenerse durante 10 cursos adicionales (hasta 31/08/2036), ampliable más allá de ese plazo si acreditan 15 años de experiencia. Afirman que, por seguridad jurídica de la modificación, se situarán por detrás de quienes cumplan los requisitos de titulación. Añade el director general que esta modificación supone que estos compañeros puedan seguir trabajando.  Pide posicionamiento a las organizaciones sindicales.

ANPE: Si esta modificación como dice la Consejería, es necesaria para que, estos compañeros sigan trabajando y con la suficiente seguridad jurídica para todos los implicados, estamos a favor.

CONSEJERIA: Posicionamiento de las organizaciones sindicales:

ANPE: A favor.

STE: Abstención.

CCOO: En contra

CSIF: A favor.

UGT: A favor.

Tercer Punto:   Borrador de la Orden de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se modifica la Orden 201/2024, de 28 de noviembre, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se regula la evaluación, promoción, titulación y certificación académica del alumnado matriculado en los grados D y E de Formación Profesional en Castilla-La Mancha.

CONSEJERIA:  Presentan las principales modificaciones de la orden en relación a la evaluación del alumnado que pierde el derecho a la evaluación continua, la promoción y repetición, formación en empresa, modalidad virtual y calificación y reconocimiento académico.

ANPE:

Desde ANPE se reitera la necesidad de convocar una mesa técnica específica de Formación Profesional para abordar de manera integral los aspectos relacionados con estas enseñanzas.

En relación con la modificación de la orden, se propone la siguiente modificación en la redacción del artículo 21.7:

Redacción actual: “En el caso de alumnado matriculado en segundo curso que no pudiera iniciar la fase de  formación en empresa por no haber superado determinados resultados de aprendizaje establecidos por el equipo educativo, vinculados a la prevención de riesgos laborales y ello pudiera suponer algún tipo de riesgo para el propio alumnado, para la seguridad de los trabajadores o trabajadoras, sus instalaciones o para el tratamiento de la información confidencial de la empresa, deberán continuar su formación en el centro educativo para que finalmente puedan ser evaluados en las convocatorias de evaluación ordinarias con un «superado parcial» o un «no superado» en los casos de módulos dualizados y con un «superado» o «no superado» para el resto de módulos.”

Propuesta de modificación:

Sustituir vinculados a la prevención de riesgos laborales por incluyendo aquellos relacionados con la prevención de riesgos laborales.

La referencia exclusiva a la prevención de riesgos laborales resulta claramente insuficiente en determinadas familias profesionales como Administración y Gestión, Comercio y Marketing, Imagen y Sonido, Informática y Comunicaciones, Servicios Socioculturales y a la Comunidad, o Hostelería y Turismo, donde los riesgos asociados a la incorporación del alumnado a la empresa no son principalmente físicos, sino de carácter tecnológico, organizativo, legal o reputacional.

En estos ámbitos, pueden producirse situaciones como una gestión inadecuada de datos, errores en sistemas o servicios, o intervenciones profesionales incorrectas. Por ello, se considera necesario ampliar el criterio a otros resultados de aprendizaje esenciales para garantizar un desempeño seguro y adecuado en entornos reales.

Desde ANPE seguimos demandando:

  • Emisión de un nombramiento oficial para la Coordinación Regional de Familia Profesional, así como autorización de desplazamiento durante todo el curso, en condiciones análogas al profesorado tutor dual.
  • Incremento de horas para el profesorado tutor de formación dual.
  • Reducción de la carga burocrática y administrativa.
  • Dotación suficiente de recursos materiales para el desarrollo de estas enseñanzas

CONSEJERÍA:

Se revisará la redacción, en caso de que sea necesario ajustarla. En cualquier caso, el objetivo es que los resultados de aprendizaje, tal y como propone ANPE, sean más amplios y no se limiten exclusivamente al ámbito de la prevención de riesgos laborales.

Cuarto Punto: Borrador de las Instrucciones de la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería De Educación, Cultura y Deportes, sobre comisiones de servicio para el curso 2026/2027.

CONSEJERÍA: estas instrucciones ya no recogen las comisiones de servicio de la Red EducalCLM ni las de FP Dual, y sí aparecen las de FP Dual Intensiva.

El plazo general de presentación de solicitudes será desde el día 8 de abril de 2026, hasta el día 20 de abril de 2026.

Las modalidades de comisiones de servicios objeto de la presente convocatoria son:         

I. Puestos específicos

1. Centros de nueva creación (Cód. 1702).

2. CRIEC (Cód. 1403).

3. Ciclos Formativos y Cursos de Especialización (Cód 2115).

4. Participación en proyectos de Formación Profesional Dual intensiva (Cód. 2511).

5. Residencias Escolares (Cód 2002).

6. Centros con Convenio MEFPD- British Council-CLM y Programa Bachibac (Cód. 2515 -2516).

7. Programa de formación específico en virtud de convenio entre el Ministerio de Defensa, el Ministerio de Educación y Formación Profesional y la Consejería de Educación, Cultura y Deportes (Cód. 2517).

8. Equipos de Atención Educativa y Aulas abiertas especializadas para alumnado con Trastorno del Espectro Autista (Cód. 2512).

9. Equipos de Atención Educativa para alumnado con discapacidad visual grave o ceguera (Cód 2503)

10. Centros reconocidos como Comunidades de aprendizaje sólo renovación.

Se regirá por su convocatoria específica:

• Equipos de Atención Educativa en Centros de Reforma de Menores.

• Equipos de Atención Educativa Hospitalaria y Domiciliaria.

• Centros reconocidos como Comunidades de Aprendizaje, únicamente para las Comunidades de aprendizaje La Paz y Entre Culturas.

La forma de presentación de estas solicitudes de convocatorias específicas quedará detallada en la convocatoria que se publique al efecto.

II. Por cargo electo.

III. Discapacidad o enfermedad grave (Cód. 2518).

IV. De carácter humanitario

1. Por enfermedad del propio funcionario o funcionaria (Cód. 0102).

2. Por enfermedad de un familiar (primer grado de consanguinidad) (Cód. 0105).

V. Por conciliación de la vida familiar y laboral

1. Para atender solicitudes basadas en supuestos de violencia de género (Cód. 0101).

2. Para facilitar el cumplimiento de medidas judiciales establecidas en relación con el ejercicio de la patria potestad, guardia y custodia y el régimen de visitas en los supuestos de separación y divorcio (Cód. 0141).

3. Para atender situaciones de embarazo de riesgo, así como para facilitar la realización de tratamientos médicos relacionados con la maternidad (Cód. 0142).

4. Para el cuidado de familiares con discapacidad. (Cód. 0143).

5. Por cuidado de hijos e hijas menores de 6 años, cuando ambos cónyuges o ambos miembros de la pareja de hecho trabajen fuera de la localidad de residencia familiar (75 km o más, entre lugar de trabajo y de residencia familiar), o en el caso de familias monoparentales, cuando en su caso el progenitor de que se trate trabaje al menos a 75km del lugar de residencia. (Cód. 0144).

6. Por cuidado de hijos e hijas menores de 6 años, cuando al menos uno de los cónyuges o uno de los miembros de la pareja de hecho trabaje fuera de la localidad de residencia familiar (200 km o más, entre lugar de trabajo y de residencia familiar) (Cód. 0148).

7. Para el cuidado de los ascendientes en primer grado por razón de edad (Cód. 0145).

8. Por enfermedad de familiares (Cód. 0146).

9. Por cuidado de hijos e hijas que requieran una especial atención (Cód. 0147).

VI. Para puestos en los Servicios de Inspección de las Delegaciones Provinciales de Educación, Cultura y Deportes (únicamente para funcionarios de carrera del cuerpo de Inspectores de Educación, de Castilla-La Mancha). (Cód 2410)

SEGUNDA: Normas Generales.

  1. Plazo de presentación de solicitudes:

El plazo general de presentación de solicitudes será desde el día 8 de abril de 2026, hasta el día 20 de abril de 2026, ambos incluidos, excepto para las comisiones por violencia de género, las comisiones de servicio por discapacidad igual o superior al 50% o enfermedad grave, las de carácter humanitario, y las comisiones de servicio correspondientes a convocatorias específicas.

Si en alguna modalidad de comisiones de servicio se estableciera en las presentes instrucciones un plazo de presentación de solicitudes específico, habrá de estarse a dicho plazo específico.

En caso de solicitar comisión de servicio fuera del plazo general de solicitudes, la solicitud deberá fundamentarse, en todo caso, en causas médicas sobrevenidas (aparecidas una vez finalizado dicho plazo ordinario) quedando exceptuadas de esa regla las comisiones por violencia de género, que podrán solicitarse en cualquier tiempo.

  1. Destinatarios y requisitos generales:
  • Personal funcionario de carrera o en prácticas de los cuerpos docentes de Castilla-La Mancha, incluido el Cuerpo de Inspectores de Educación. Podrá solicitar comisiones de servicio incluidas en los apartados I, II, III, IV, V y VI.
  • Personal funcionario de carrera o en prácticas de los cuerpos docentes incluido el Cuerpo de Inspectores de Educación de otras comunidades autónomas o perteneciente a territorios bajo la competencia del Ministerio de Educación y formación Profesional. Podrá solicitar comisiones de servicio incluidas en los apartados I, II, III, IV y VI. También podrán solicitar comisión de servicio para atender situaciones de violencia de género incluidas en el apartado V, las funcionarias en prácticas o de carrera de otras comunidades autónomas o de territorios bajo la competencia del Ministerio de Educación y Formación Profesional.

Las personas solicitantes deben ser titulares de la especialidad del puesto para el que se solicita la comisión de servicio.

En el caso del personal funcionario en prácticas, la concesión de esta comisión de servicio estará condicionada a la superación de la fase de prácticas y a su nombramiento como funcionarios de carrera a fecha 1 de septiembre de 2026. En ningún caso podrá, un funcionario en prácticas solicitar un puesto en comisión de servicio para el mismo curso escolar en el que esté realizando su fase de prácticas.

Las personas solicitantes de otras Administraciones educativas distintas a Castilla-La Mancha deberán adjuntar a su solicitud los siguientes documentos:

  • Hoja de servicio de su comunidad de origen (donde la persona solicitante tiene su destino provisional o definitivo distinta de la de Castilla-La Mancha).
  • Especialidades de las que sean titulares.
  • Fecha de nombramiento como funcionario de carrera, año del concurso-oposición por el que ingresó y nota obtenida en dicho proceso selectivo.

3. Forma de presentación de las solicitudes:

a) Las solicitudes se presentarán únicamente de forma telemática, y sólo mediante la cumplimentación del formulario de solicitud electrónica correspondiente a cada modalidad de comisión de servicio objeto de la presente convocatoria a través de la aplicación, que estará disponible desde el Portal de Educación de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes (https://educacion.castillalamancha. es/), el aspirante podrá acceder al Portal de Personal Docente para cumplimentar su solicitud de participación. No se admitirá solicitud alguna que se presente fuera del plazo o por otro cauce distinto al formulario telemático solicitado.

A la solicitud de participación en el proceso de comisiones de servicio se accede a través del Portal de Personal Docente (https:// portalpersonaldocente.jccm.es) donde se permitirá la cumplimentación y el registro telemático de la misma. Para el acceso es necesario disponer de un método de identificación del sistema Cl@ve (Cl@ve móvil, Cl@ve permanente, certificado electrónico, DNIe, etc). Asimismo, el formulario de solicitud será accesible a través de la Sede Electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (www.jccm.es).

ANPE:

Pedimos que para las comisiones de servicio en CRIEC y Centros con Convenio MEFPD- British Council-CLM y Programa Bachibac se concreta las puntuaciones por cada mérito o tiempo de experiencia.

También, que se publique la puntuación obtenida por las personas participantes para las comisiones de Equipos de Atención Educativa y Aulas abiertas especializadas para el alumnado con Trastorno del Espectro Autista, y Equipos de Atención Educativa para alumnado con discapacidad visual grave o ceguera.

Respecto a las comisiones de servicio por cargo electo, en un contexto en el que los docentes no disponen de compatibilidad para realizar otras labores, aquellas personas que estén en la situación de no tener dedicación exclusiva en dicha condición de servidor público, opten a las comisiones de conciliación de la vida familiar y laboral.

Para las comisiones por discapacidad o enfermedad grave, solicitamos que las instrucciones incluyan que se tendrán en cuenta las necesidades y dificultades que presenta la persona interesada (derivadas de su enfermedad o discapacidad) antes de ofertarle plazas incompatibles con su enfermedad y/o discapacidad, teniendo en cuenta, especialmente, el tipo de centro.

Respecto a las comisiones de carácter humanitario, ANPE pide que La enfermedad que se alegue deberá acreditarse mediante diagnóstico del médico especialista, actualizado al momento en que se presente la solicitud, que se tenga en cuenta que no es fácil conseguir cita con los/las especialistas, y por lo tanto, se considere “actualizados” informes que reflejen la situación del solicitante cuando no haya cambiado su situación o enfermedad y que puedan ser “informes médicos y/o de especialistas”.

Puesto que las Delegaciones Provinciales de Educación, Cultura y Deportes valorarán la documentación de las personas solicitantes, y deben emitir un informe-propuesta motivado favorable o desfavorable, desde ANPE pedimos que se dé traslado a las personas interesadas de dicho informe-propuesta para que tengan la posibilidad de subsanar y/o alegar. A este respecto la Consejería de Educación nos informa de que están intentando que las resoluciones de cada comisión de servicios se puedan notificar a través del Portal Docente, en el apartado “Notifica”.

ANPE también ha pedido que se aumente el número de peticiones de este tipo de comisiones de servicio de carácter humanitario, y que se pueda optar a medias jornadas o dos tercios de jornada.

Quinto punto. Ruegos y Preguntas:

  • Vacaciones devengadas por sustitución:
    • Nos informan de que en la nómina de marzo ya pagarán a parte de los que lo han solicitado, pero es un proceso arduo que afecta a miles de docentes.
    • También a este respecto, la Consejería de Educación informa de que facilitarán el certificado de retenciones de cara a la presentación de la renta (cuyo plazo empezará en breve) para evitar declaraciones complementarias posteriores.
    • Aquellos docentes que hubieran realizado la solicitud (antes de la primera quincena de octubre de 2025) de devengo de trienios y sexenios derivados del reconocimiento de las vacaciones devengadas, anterior a que se reconocieran administrativamente en la hoja de servicios gracias al Acuerdo de ANPE, tiene que solicitarlo nuevamente (aquellos docentes que han presentado el modelo facilitado por ANPE NO tiene que volver a hacerlo).
  • Solicitamos la regulación de la organización y funcionamiento  de los equipos TEA y fijar una ratio máxima de atención, al igual que lo está para las aulas TEA.
  • Respecto al CGT, en el apartado de publicaciones de revistas, ANPE pide que se considere la publicación de artículos por un solo autor/a y se le otorgue la puntuación como tal, aunque la revista contenga varios artículos de varios autores, pero la autoría única corresponde a un solo autor, ya que, prácticamente el cien por cien de las revistas se hacen por varios autores, pero cada autor es único.
  • Pedimos que se procuren plazas para todos los solicitantes de los cursos de competencia digital.
  • Que contemplen la concesión de reducción de jornada por motivos personales.
  • ANPE pide que se haga una revisión de las plazas que han cambiado de perfil desde la publicación de las plantillas a la adjudicación provisional del CGT, puesto que en el CGT se deben adjudicar las plazas que surgen las plantillas.
  • Para aquellos/as que han solicitado exención de tribunales, se entiende si quedan exentos o no con la publicación de los tribunales, no se les contesta de manera individual.

ANPE, el Sindicato de Docentes de Enseñanza Pública

  25 de marzo de 2026

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