Mesa Sectorial 19/06/2023

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Mesa 19/06/2023.

Por parte de la Administración: José Manuel Almeida (Director General), Carlos Amieba (Jefe de Relaciones Laborales), Patricia (Servicio de Plurilingüismo), Maribel (Servicio de Planificación) y Silvia y Víctor (Alta Inspección Educativa).

Por CSIF: Daniel González Giménez y José Antonio Ranz Yubero.

1º. Orden de Organización y Funcionamiento de los CRA,S.

Administración:

Objetivo: publicar una norma específica.

Es parecida a la Orden de funcionamiento de Maestros.

Abrir los centros a la sociedad.

La reducción por equipo directivo se estudiará curso a curso.

Se está intentando la reducción de la burocracia en todas las etapas educativas.

Se asume la flexibilidad en las Programaciones, se podrá hacer mediante adenda.

Se estudiará la figura del dinamizador de CRA,s.

CSIF:

Agradecemos a la Consejería la iniciativa de tener una Orden exclusiva para los CRA, estos centros están en zonas despobladas y es necesario el apoyo y buen funcionamiento de estos centros para mantener y aumentar la población.

ARTÍCULO 4: EL PROYECTO EDUCATIVO. PUNTO 4

2. El proyecto educativo incluirá entre sus contenidos, la personalización de la enseñanza, las medidas para promover el principio de inclusión y los valores de equidad, igualdad entre mujeres y hombres, no discriminación y prevención de la violencia de género, responsabilidad, coeducación, interculturalidad, democracia, sentido crítico, prevención del acoso escolar y del ciberacoso y prevención y resolución pacífica de conflictos. Debe garantizar el respeto a la identidad de género sentida e incorporar acciones encaminadas a la no-discriminación que permitan superar los estereotipos y comportamientos sexistas y discriminatorios.

(CAMBIAR o AÑADIR DESPUÉS DE “VIOLENCIA DE GÉNERO” POR “TODO TIPO DE VIOLENCIA”.

ARTÍCULO 6 PROGRAMACIONES DIDÁCTICAS. PUNTO 7

La propuesta curricular es el documento básico de referencia para la práctica docente. Dada la variedad de su alumnado. Las Programaciones didácticas deberán ser flexibles, abiertas a cambios todo el año y adecuarse a la configuración concreta de los agrupamientos con que se organice estos centros en cada curso escolar.

A veces, en las aulas, con más de un nivel debemos hacer agrupamientos de contenidos por cursos, o dar contenidos para otros trimestres, dada la complejidad de dar clases con varios niveles en el aula, dentro del CRA hay muchas situaciones y las Programaciones no pueden ser cerradas desde octubre.

ARTÍCULO 11, JORNADA ESCOLAR, CALENDARIO Y HORARIO GENERAL DEL CRA. PUNTO 9

9. Cuando se desarrollen actividades extracurriculares que hayan sido promovidas por el claustro de profesorado y se hayan recogido en la Programación general anual será obligatoria la presencia del profesorado durante la realización de dichas actividades extracurriculares.

-Cambiaría del por de.

Da la sensación que habla de que tiene que ir todo el profesorado del centro a cada una de las actividades extracurriculares.

  1. Horario para funciones del Equipo directivo.

En función del número de unidades funcionales y/o secciones del colegio al inicio del curso escolar…

Dicho artículo habla exclusivamente que los periodos semanales para función de equipo directivo son en función de las Unidades funcionales. En la caso de CRA, este baremo no refleja la diversidad que ocurre en dichos centros.

Para el mismo número de unidades funcionales puede ocurrir que un CRA tenga solo dos secciones y otro CRA varias secciones más, con la complejidad que ellos lleva asociado: nº de Ampas, proyectos, mantenimientos, suministros, ayuntamientos, etc…

Consideramos habría que elaborar una nueva tabla que recogiera estas variables y se ampliara el número de periodos.

A tenor de este mismo asunto, la Orden 121/2022, de 14 de junio, los CRAs con tres o más secciones y seis o más unidades han tener equipo directivo completo. (es decir, se obliga a ello).

Pero a la hora de la asignación horaria para tareas o funciones de equipo directivo no se tiene en consideración que hay 3 personas en el equipo directivo y únicamente se dan 22 periodos (los mismos que si solamente estuviera Director y Secretaria).

Solicitamos que para CRA con 3 secciones y más de 6 unidades se asigne los 39 periodos para funciones de equipo directivo.

Artículo 16.2

  1. El horario lectivo del Coordinador de ciclo será el siguiente:

a) Un periodo lectivo en ciclos con una o dos unidades puras.

b) Dos periodos lectivos en ciclos a partir de tres unidades puras o a partir de una mixta.

No es la misma complejidad el trabajo con grupos homogéneos de alumnado, que con múltiples niveles agrupados.

2º. Decreto de asignación de materias optativas en ESO y en Bachillerato a las especialidades de distintos cuerpos de funcionarios docentes en la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha.

Administración:

Muchas de las cuestiones ya están en funcionamiento, pero el Real Decreto se publicó en el mes de abril de 2023 por eso no se ha desarrollado antes.

No se han publicado en los anexos las materias optativas que ya ha asignado el Real Decreto del Ministerio.

CSIF:

Este Decreto favorecerá la asignación que hacen los equipos directivos de estas materias.

Adjuntamos la propuesta de un colectivo de profesores de Tecnología para la posterior valoración de la Consejería de Educación: “Tras analizar el currículum de la asignatura Creación de Contenidos Artísticos y Audiovisuales (regulada en el Decreto 83/2022, de 12 de julio) llegamos a la conclusión de que los contenidos son similares a los de la asignatura Imagen y Sonido (regulada en el Decreto 40/2015, de 15/06/2015) la cual era competencia del profesorado de la especialidad de Tecnología según e Real Decreto 665/2015, de 17 de julio.

En base a lo cual consideramos que el profesorado de Tecnología es competente para impartir la materia Creación de Contenidos Artísticos y Audiovisuales y solicitamos la inclusión de la especialidad de Tecnología en el Decreto de especialidades de Castilla la Mancha para esta materia.” La Consejería responde, tras leer los saberes básicos del Real Decreto, que pertenece a Dibujo.

La asignación de las materias optativas tiene que ver su correspondencia en la puesta en práctica de dichas materias, para ello se debe permitir que estas materias salgan con 5 alumnos, de lo contrario no hay optatividad, y más en las zonas rurales con pocos alumnos.

3º. Comisiones de elaboración de pruebas de certificación de nivel competencia lingüística de enseñanzas de idiomas de Régimen Especial en la Comunidad de Castilla-La Mancha.

Administración:

Art. 4. Pto 4. Se crea la figura del validador.

Art. 6. Pto 5. Confianza entre los responsables de coordinación y los examinadores.

Art. 8. Constitución de las Comisiones: se busca un perfil adecuado del profesorado.

CSIF:

Es necesario ajustarse a la nueva normativa.

Reducción horaria para el validador.

Estas comisiones llevan aparejada mucha tarea burocrática, por ello los integrantes de las mismas deberían tener una reducción horaria significativa para llevar a cabo su trabajo. Además, estas funciones deben ser reconocidas administrativa y económicamente.

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