Ministerio de Educación – Mesa Sectorial: Así será la convocatoria unificada de concurso de méritos y los apartados del baremo.

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Reunión de la Mesa sectorial de personal docente no universitario

Martes, 26 Julio 2022 – Publicado en UGT Enseñanza Federal

  • El Ministerio ha diseñado un proceso unificado para desarrollar a nivel estatal el concurso de méritos derivado de la Ley 20/2021 y ha promovido la participación de todas Comunidades Autónomas aunque, finalmente, Cataluña, Euskadi y Galicia no han suscrito dicho acuerdo y no participarán de este concurso de méritos unificado.

  • Las Comunidades Autónomas deberán remitir al Ministerio la relación de plazas antes del 15 de septiembre.

  • Se establecen ya plazos de convocatoria, del 21 de noviembre al 21 de diciembre.

  • Igualmente, se concretan los aspectos a baremar y los criterios de baremación de cada apartado. Desde UGT hemos planteado observaciones a algunos puntos del baremo que permitan reconocer el máximo de experiencia docente y formación al profesorado interino, y hemos insistiendo en no establecer la limitación del año 2012 para el reconocimiento de procesos selectivos superados con anterioridad.

  • El 1 de septiembre de 2023 estos concursos de méritos estarán resueltos con el nombramiento como funcionarios de carrera de los aspirantes seleccionados.


El Ministerio de Educación y FP ha convocado hoy a las organizaciones sindicales integrantes de la Mesa de negociación del personal docente no universitario para tratar los siguientes puntos del orden del día:

  • Orden por la que se establecen las normas procedimentales aplicables a los concursos de traslados de ámbito estatal que se convocarán durante el curso 2022/2023.
  • Concurso excepcional de méritos previsto en la disposición transitoria 5ª del Real Decreto 276/2007 de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y se regula el régimen transitorio de ingreso a que se refiere la disposición transitoria decimoséptima de la citada ley.

CONCURSO DE TRASLADOS

El primer punto del orden del día que se trae a la mesa de negociación establece las normas procedimentales que deben regir los concursos de traslados de ámbito estatal e incorpora el plazo para el curso 2022/ 2023, que será del 17 de octubre al 7 de noviembre de 2022, ambos inclusive.

No obstante, desde UGT hemos planteado la necesidad de una revisión del RD 1364/2010 que regula el concurso de traslados de ámbito estatal para el personal funcionario de los cuerpos docentes, donde se aborden cuestiones que permitan garantizar la oferta de todas las plazas vacantes en el CGT en las distintas CCAA, la inclusión en el baremo del reconocimiento de los servicios prestados como funcionario interino, tal y como reconoce alguna comunidad autónoma, la baremación de las plazas de difícil desempeño de forma homogénea en las distintas CCAA, etc., aspectos que resuelvan las posibles desigualdades entre los aspirantes y acaben con situaciones que provocan la judicialización de los procesos cuando el concurso de traslados es de ámbito estatal. El Ministerio reconoce la necesidad de una actualización de la normativa, por lo que valorará la medida y los riesgos de una posible modificación.

CONCURSO DE MÉRITOS PARA LA ESTABILIZACIÓN

Sobre la normativa que debe regular el concurso excepcional de méritos, UGT ha venido planteando al Ministerio de Educación y FP la necesidad de coordinar el procedimiento que debe regir la convocatoria excepcional de estabilización de las plazas por concurso de méritos definidas por las disposiciones adicionales sexta y octava de la Ley 20/2021. En este sentido, valoramos que la mayoría de los territorios hayan suscrito el acuerdo (todas las regiones a excepción de Cataluña, Euskadi y Galicia) que permita aplicar un procedimiento simultáneo para la convocatoria en las diferentes CCAA, que nos acerque al objetivo fijado en la Ley de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público al 8%.

PLAZOS DE CONVOCATORIA, INSTANCIAS Y RESOLUCIÓN DEL CONCURSO DE MÉRITOS

El acuerdo recoge que el plazo de presentación de instancias para el concurso extraordinario de méritos para la estabilización del empleo temporal comprenderá del 21 de noviembre al 21 de diciembre de 2022, ambos incluidos. Este plazo debería permitir a las CCAA resolver los procesos del concurso de méritos con el nombramiento de los funcionarios de carrera seleccionados, antes del 1 de septiembre de 2023.

Las personas que participen en el concurso de méritos, que opten a las plazas convocadas por las Administraciones educativas firmantes, presentarán una única instancia por especialidad en la Administración educativa que haya ofertado la plaza que se solicite en primer lugar, siendo la encargada de verificar los requisitos de participación de la persona aspirante y de baremar los méritos alegados.

BAREMO DE MÉRITOS

La convocatorias se ajustarán al baremo único que se establecerá en base a los siguientes méritos:

    • Experiencia docente: máximo 7 puntos;
    • Formación académica: máximo 3 puntos y
    • Otros méritos: máximo 5 puntos.

Las personas aspirantes podrán alcanzar un máximo de 15 puntos por la valoración de sus méritos.

Desde UGT hemos planteado observaciones a algunos puntos del baremo que permitan reconocer el máximo de experiencia docente y formación al profesorado interino, y hemos insistiendo en no establecer la limitación del año 2012 para el reconocimiento de procesos selectivos superados con anterioridad. Como en otros procesos selectivos serán baremados aquellos méritos perfeccionados hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Las Administraciones educativas remitirán al Ministerio de Educación y FP la propuesta de los listados definitivos de personas seleccionadas, ordenados por cuerpo, especialidad y, en su caso, turno de ingreso, para su nombramiento como personal funcionario de carrera. Las personas aspirantes que superen el procedimiento selectivo y sean nombradas personal funcionario de carrera, deberán obtener su primer destino definitivo en el ámbito de la Administración educativa en la que hayan superado el procedimiento selectivo.

Desde UGT seguiremos trabajando para garantizar la igualdad en los derechos de todos y todas los participantes en el concurso extraordinario de méritos, que permita la reducción de la temporalidad en el empleo público de los cuerpos docentes no universitarios.

Por último, el Ministerio ha informado sobre la tramitación normativa del RD de integración del PTFP, que pasará por el Consejo de Estado después del verano. Además, hemos manifestado la necesidad de que normativa como el real decreto de requisitos mínimos de centros, que afecta a las condiciones laborales del profesorado, tenga que ser negociado por los representantes del profesorado en la Mesa sectorial. También hemos solicitado que el Ministerio nos informe de la marcha del plan de digitalización del profesorado que se está poniendo en marcha en las CCAA y cómo afectará a los planes de formación y el reconocimiento de formación del profesorado.

BORRADORES APORTADOS POR EL MINISTERIO


19/07/2022

El Ministerio de Educación y Formación Profesional (MEFP) ha presentado ante el Consejo Escolar del Estado la modificación del RD 132/2010, de 12 de febrero, que establece los requisitos mínimos de centros de Educación Infantil, Primaria y Secundaria. El proyecto plantea los requisitos de titulación académica del profesorado, la relación numérica alumno-profesor y las condiciones que deben cumplir tanto instalaciones docentes como deportivas de los centros y el número de puestos escolares.

Desde UGT nos parecen insuficientes las modificaciones propuestas por el Ministerio, por lo que hemos presentado las siguientes enmiendas al proyecto normativo del RD 132/2010, de 12 de febrero, que establece los requisitos mínimos de centros de Educación Infantil, Primaria y Secundaria:

  • Los centros docentes que impartan el primer ciclo de la educación infantil tendrán por cada unidad escolar: un máximo de 6 alumnos por aula de 0-1 año; un máximo de 10 alumnos en el segundo curso y un máximo de 12 alumnos en el tercer curso.
  • Los centros que impartan el segundo ciclo de educación infantil y primariatendrán un máximo de 15 alumnos por aula.
  • Los centros de secundaria tendrán como máximo 20 alumnos por unidad escolar en educación secundaria obligatoria y de25 alumnos en Bachillerato.
  • Reducción de las ratios en 1 por cada alumno con NEE escolarizado en cada unidad escolar, con un máximo de 2 alumnos con estas necesidades.
  • Adecuación de las instalaciones de los centros para atender la situación derivada del cambio climático, garantizando que puedan mantener las condiciones óptimas de temperatura, conforme a la normativa de prevención de riesgos laborales vigente.
  • Fijar un espacio mínimo de 2, 5 metros por puesto escolar.
  • Disponer de espacios para el desarrollo de proyectos interdisciplinares y/o en codocencia, tal como plantea la LOMLOE.

Desde UGT hemos venido exigiendo la disminución del número de alumnos por aula, entre otras cuestiones, para poder prestar una atención personalizada al alumnado y atender a sus necesidades específicas de aprendizaje, tal y como recoge la LOMLOE.  A pesar de que el MEFP plantea en dicho proyecto que las Administraciones educativas puedan reducir progresivamente el número de alumnado por unidad en todas las etapas, atendiendo a las de escolarización obligatoria, en situación de vulnerabilidad socioeducativa o con necesidad especifica de apoyo educativo.

OTRAS ENSEÑANZAS: FORMACIÓN PROFESIONAL, ESCUELAS OFICIALES DE IDIOMAS, ENSEÑANZAS ARTÍSTICAS.

A pesar de que el ámbito de aplicación del citado Real Decreto no está referido a enseñanzas de Formación Profesional y Régimen Especial (Enseñanzas Artísticas, Escuelas Oficiales de Idiomas, Enseñanzas Deportivas, etc.), desde UGT Enseñanza Castilla-La Mancha entendemos igualmente necesario que las administraciones educativas planteen también mejoras en estas enseñanzas frente a los actuales y excesivos niveles de alumnado por aula en la formación profesional, las enseñanzas de idiomas, enseñanzas artísticas, enseñanzas deportivas, etc.

Desde UGT exigimos un mayor compromiso y esfuerzo a la hora de reducir las ratios por parte del Gobierno y de las CCAA para atender, a nuestro juicio, a una medida que es fundamental para la mejora del sistema educativo y un avance en las condiciones laborales de nuestros docentes.


📄 Consulta el Proyecto de Real Decreto: https://www.educacionyfp.gob.es/dam/jcr:a061a1ec-a63a-4d5a-92ac-24dd3ce09388/prd-requisitos-centros.pdf


06/07/2022

08-06-2022


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