CAMBIO ORDINARIO EN 2025
Como todos los años, los mutualistas tienen derecho a la libre elección para la prestación de asistencia sanitaria entre el sistema sanitario público de comunidades y ciudades autónomas y las entidades de asistencia sanitaria concertada.
Los plazos de cambio y condiciones serán los siguientes:
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Del 1 al 31 de enero de 2025 ha podido solicitarse el cambio al INSS (servicios públicos de salud de comunidades autónomas e INGESA en Ceuta y Melilla), en cumplimiento del convenio suscrito con dicho organismo.
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Del 1 al 31 de mayo inclusive, con la vigencia del nuevo Concierto, se ha abierto un segundo plazo (periodo especial) para realizar el cambio desde el servicio de salud autonómico o INGESA a una de las entidad concertadas adjudicatarias del servicio (ADESLAS y ASISA), o al INSS (servicios públicos autonómicos de salud).
Si usted ya estaba adscrito/a a ASISA, ADESLAS o a los servicios sanitarios autonómicos (INSS) y no desea cambiar, no está obligado a realizar gestión alguna.
- En cuanto a los y las mutualistas adscritos a DKV, vea nuestra página sobre el cambio forzoso de mutualistas de DKV
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Del 1 al 30 de junio de 2025 inclusive, de acuerdo con lo previsto en el nuevo Concierto, se abre un periodo de cambio ordinario. Este cambio permite optar libremente por INSS o entidad concertada (Adelas o Asisa).
*Nota importante: En el caso de los mutualistas de DKV que el 1 de junio hayan pasado al INSS porque se les ha adscrito de oficio, si durante el mes de junio quieren hacer un cambio ordinario a entidad concertada, deberán rellenar el impreso de cambio ordinario y presentarlo en nuestras oficinas , ya sea presencialmente con cita previa, enviándolo por correo postal o a través del Registro Electrónico General u otros registros (asegurándose de que vaya a llegar antes de que termine el mes de junio); o remitiéndolo mediante el buzón de mutualistas de la sede electrónica . Más información en nuestra página sobre los cambios de entidad para mutualistas de DKV
Es importante recordar que:
1) Aquellas personas que hayan optado por cambiar al INSS durante el mes de enero podrán revertir su decisión (periodo especial del mes de mayo o del mes de junio) y adscribirse a una entidad concertada, si así lo desean. Recomendamos consultar la oferta de cada entidad antes de tomar una decisión, para garantizar una elección responsable y adecuada a sus necesidades.
2) Solo se admitirá una solicitud de cambio en cada periodo ordinario. Si no se formula solicitud de cambio ordinario se mantendrá la adscripción a la misma entidad.
3) El efecto de realizar un cambio voluntario de entidad es inmediato, de modo que, el día siguiente al del cambio, sus datos y los de sus beneficiarios, en su caso, se habrán volcado ya en la nueva entidad de adscripción, con la consiguiente baja en la anterior entidad, por lo que no podrá volver a utilizar sus servicios en modo alguno. Esta inmediatez ha de tenerse especialmente en cuenta si se está siguiendo algún tratamiento médico u hospitalario, ya que realizar el cambio supondrá la interrupción así mismo inmediata de dicho tratamiento o seguimiento. Por ello, si se encuentra en esta situación, le recomendamos que consulte previamente en su Servicio Provincial.
4) En el caso de la entidad DKV, los mutualistas adscritos deberán realizar el cambio durante el mismo plazo del mes de mayo, vea nuestra página informativa sobre el cambio forzoso de mutualistas de DKV.
PROCEDIMIENTO Y CANALES DE SOLICITUD PARA EL CAMBIO ORDINARIO
Mediante este procedimiento se pueden efectuar cambios ordinarios entre Entidades de Seguro Privado de Asistencia Sanitaria, así como cambios de entidad privada a Sistema Público de Salud o viceversa.
La solicitud de cambio de entidad deberá realizarse bien por sede electrónica, bien descargando el modelo de impreso que se incluye en este apartado y enviándolo por correo postal, o acudiendo a otros registros. Le indicamos cómo hacerlo:
- A través de la Sede Electrónica de MUFACE utilizando los medios de acceso proporcionados por la plataforma Cl@ve (certificado digital, DNI electrónico, Cl@ve Permanente o Cl@ve PIN). Le indicamos cómo registrarse en Cl@ve .
- Enviando el impreso por correo postal a su oficina provincial de MUFACE. Puede encontrar la dirección en el apartado Nuestras Oficinas .
- También puede registrar su solicitud en cualquiera de los registros previstos en el art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, lo que incluye el Registro Electrónico Común de la Administración General del Estado (REC) .
Si no pudiera acceder o utilizar estos medios debe solicitar cita previa en su oficina, aunque recomendamos encarecidamente la opción de la sede electrónica, del correo postal o del registro electrónico, habida cuenta de la saturación que se produce en algunas oficinas.
Por otra parte, recuerde que la tarjeta sanitaria la emite su entidad, no MUFACE:
- Si usted optó por entidad concertada, en una semana se la enviarán a su domicilio.
- Si usted eligió servicio público de salud, debe acudir a su Centro de Salud y solicitar su emisión.