PAGAS EXTRAORDINARIAS ¡Lo extraordinario es no cobrarlo!

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No es el caso de CLM, donde se perciben todos los complementos y no existe dicho perjuicio. Por lo tanto, no hemos lanzado dicha campaña como si hemos hecho con otras que desde la Asesoría Jurídica de STE-CLM consideran que tienen recorrido:

PAGAS EXTRAORDINARIAS – RECORTES

El Real Decreto-ley 8/2010 introdujo un recorte en las pagas extraordinarias justificado en la situación de «extraordinaria y urgente necesidad» y que ya no se sostiene en el actual contexto de crecimiento y estabilidad.

Este recorte se traduce en una merma del salario base y los trienios en las pagas extras, que se ven reducidas desde el 2010 en un 33 % en Maestros/as y un 46 % en EEMM.

Posteriormente, el Real Decreto Legislativo 5/2015, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, en su art. 22.4 dispone que:

Las pagas extraordinarias serán dos al año, cada una por el importe de una mensualidad de retribuciones básicas y de la totalidad de las retribuciones complementarias. […] Las retribuciones básicas incluyen: sueldo base y trienios”.

Este recorte se traduce en términos absolutos en hasta 11.031 € en Maestros/as y 18.344 € en EE.MM.

SUBIDA SALARIAL

Por otra parte, ha estado presente la negociación de la subida salarial, que desde STE-CLM hemos calificado como auténtica estafa y que en ningún caso permite recuperar la brutal pérdida de poder adquisitivo que sufrimos el colectivo docente y que actualmente se sitúa en el 23,7 %.

Más info → https://ste-clm.com/subida-salarial_/

CONCLUSIÓN

Tanto la pérdida de poder adquisitivo como el recorte en las pagas extraordinarias es algo que llevamos denunciando tanto en mesa sectorial de Educación en CLM como a nivel ministerial con STEs-I. Asi mísmo, se han lanzado campañas en los medios denunciando todo este perjuicio.

Más info → https://ste-clm.com/perdida-poder-adquisitivo-docente/

Tanto una subida salarial digna como la eliminación del recorte en las pagas extraordinarias es cuestión de voluntad política, y conseguirlo se enmarca más en el proceso negociador y de acción sindical.

Sin embargo, el EBEP es claro y el texto refundido es posterior a la introducción del recorte en 2010 de las pagas extraordinarias, por lo que ponemos a disposición del profesorado un modelo para reclamar la percepción de las pagas extraordinarias al completo. Aparte del recorrido judicial que pueda tener, en cualquier caso serviría como medida de presión que se sumaría a las que venimos desarrollando.

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