Tras la confusión generada por la redacción del Real Decreto-ley 5/2023, una sentencia del Tribunal Supremo aclara que el cómputo de este permiso no puede iniciarse en día festivo o no laborable para el trabajador.
Desde FEUSO Castilla-La Mancha nos hacemos eco de esta importante victoria jurídica para los derechos de conciliación. Muchos docentes y personal de administración y servicios nos habéis trasladado dudas sobre qué ocurre cuando el hecho causante (el accidente, enfermedad o ingreso de un familiar) sucede en fin de semana.
Claves de la sentencia que debes conocer:
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Día de inicio: El permiso de 5 días retribuidos debe comenzar siempre en el primer día laborable siguiente al hecho causante. Si tu familiar ingresa un sábado y tú no trabajas hasta el lunes, tu permiso empieza a contar el lunes.
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¿Días naturales o hábiles?: Aunque la ley no lo especifica con total claridad, el Supremo refuerza la tesis de que los permisos retribuidos están vinculados al tiempo de trabajo. No tiene sentido conceder un «permiso» para faltar al trabajo en días en los que no se trabaja (como sábados, domingos o festivos).
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Finalidad del permiso: El objetivo es permitir al trabajador atender la necesidad real de cuidado. Por tanto, el cómputo debe ser efectivo sobre la jornada laboral.
¿En qué casos se puede solicitar?
Este permiso de 5 días (que no debe confundirse con el permiso parental de 8 semanas) se puede disfrutar por:
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Accidente o enfermedad grave.
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Hospitalización.
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Intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario.
El compromiso de FEUSO
Desde nuestro sindicato en Castilla-La Mancha vigilaremos que en todos los centros (públicos, concertados y privados) se respete esta interpretación judicial.
Si tienes problemas para que tu centro reconozca el inicio del permiso en día laborable, contacta con tu delegado de FEUSO.

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