Se añade un artículo 12 de certificación, que queda así:
La participación del profesorado en los Proyectos Escolares Saludables, de conformidad con su consideración de proyectos de innovación, se certificará de acuerdo con lo establecido en la Orden 92/2026, de 17 de junio, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se regula el marco de impulso, desarrollo y reconocimiento de los proyectos de innovación en los centros docentes sostenidos con fondos públicos de Castilla-La Mancha, o por la norma que la sustituya.
Dicha Orden 92/2026 establece los siguientes criterios de certificación:
- La certificación del proyecto de innovación será especificada en la correspondiente convocatoria de proyectos de innovación y ajustará a los siguientes criterios:
- a) La Fase de Diseño del proyecto de innovación y Formación se certificarán mediante el reconocimiento de créditos asociados a formación considerando el conjunto de todas las actuaciones desarrolladas, no superando en ningún caso el máximo de 5 créditos por dicha actividad.
- b) La Fase de Desarrollo, evaluación y difusión se certificarán mediante el reconocimiento de créditos asociados a innovación, no superando en ningún caso el máximo de 5 créditos por dicha actividad.
- En particular, podrá reconocerse con créditos asociados a formación o innovación, según corresponda, la participación del profesorado en proyectos de cooperación en materia de innovación o investigación desarrollados en el marco de convenios de colaboración suscritos por la consejería con competencias en materia de educación con universidades, centros de investigación y entidades públicas u otras instituciones de carácter autonómico, estatal, europeo o internacionales.
- A estos efectos, dichos proyectos deberán estar alineados con el objeto, finalidad, y principios previstos en esta orden, así como permitir su adecuada evaluación, seguimiento y acreditación
- La certificación de las actividades desarrolladas en el marco de los convenios a los que se refiere el apartado anterior se realizará de acuerdo con los criterios que se establezcan mediante la correspondiente resolución, convocatoria o instrumento de desarrollo, garantizando su adecuación al sistema de créditos de formación e innovación previsto en esta orden. A tal efecto, la consejería con competencias en materia de educación podrá establecer la equivalencia entre las actividades desarrolladas en dichos proyectos y las distintas fases del proceso de innovación reguladas en esta orden.
- Corresponde al órgano competente en materia de certificación en el ámbito de la educación no universitaria, el reconocimiento, registro, certificación y establecimiento de equivalencias en créditos asociados a formación o innovación de las actuaciones reguladas en esta orden,
https://educacion.fespugtclm.es/orden-143-2026/https://educacion.fespugtclm.es/storage/Captura-de-pantalla-2025-06-20-080209.pnghttps://educacion.fespugtclm.es/storage/Captura-de-pantalla-2025-06-20-080209-150x150.png2026-10-13T06:39:23+01:00UGT EnseñanzaProyectosSlideÚLTIMAS NOTICIAS: E. PÚBLICAPublicada la Orden 143/2026, de 30 de septiembre, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se modifica la Orden de 03/10/2016, por la que se crea y organiza la Red de Centros Docentes Saludables de Castilla-La Mancha y se establecen los proyectos escolares saludables.
Se añade un...UGT Enseñanza
ensenanza.albacete@fespugtclm.esAdministratorEnseñanza UGT Servicios Públicos CLM

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