Adjudicación definitiva vacantes cuerpo de Maestr@s

Hace 2 meses 85

¡¡¡IMPORTANTE!!!! Retirada de la credencial, cumplimentación y presentación de la documentación

Para considerarse que se acepta la plaza adjudicada, se debe retirar la credencial de forma electrónica en el Portal de Educación (https://www.educa.jccm.es), a través del seguimiento personalizado.

ACCESO AL SEGUIMIENTO PERSONALIZADO:

El plazo para su retirada será hasta el 30 de agosto.

Para hacer efectiva la toma de posesión, hay que incorporarse al centro adjudicado el día 1 de septiembre (salvo festividad local, en cuyo caso sería el primer día laborable en la localidad a partir de este día), y presentar allí la credencial impresa (copia para la persona interesada y copia para la administración), para ser cumplimentadas por el/la director/a del centro. Además, se deberá aportar:

  • certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales, acreditativa de no haber sido condenada por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, que deberá aportarse solo en los casos en los que la persona aspirante no hubiera autorizado a la Administración para recabar de oficio dicha circunstancia y cuando dicha certificación sea expresamente requerida a las personas aspirantes por la Administración

Con posterioridad a la toma de posesión, las secretarías de los centros deberán enviar cumplimentada la copia para la Administración de la credencial de cada persona aspirante adjudicada y en su caso, la certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales, a las unidades de gestión de personal correspondientes de cada una de las delegaciones provinciales.

Serán excluidas de la bolsa de trabajo correspondiente las personas que no acepten el puesto de trabajo adjudicado mediante la retirada de la credencial, no hagan efectiva la toma de posesión o incurran en alguno de los supuestos establecidos en el artículo 11 de la Orden de 32/2018, de 22 de febrero, salvo que concurra alguna de las causas justificadas previstas expresamente en dicho artículo.

Esta documentación incluye:

  • Declaración jurada, manifestando:
    • no haber sido separado/a del servicio de ninguna administración pública
    • no encontrarse inhabilitado/a para el ejercicio de funciones públicas
    • que no se desempeña ningún puesto o actividad en el sector público ni realizo actividades privadas incompatibles o que requieran reconocimiento de compatibilidad (puedes consultar descargar aquí nuestra guía sobre incompatibilidades si tienes dudas: https://educacion.fespugtclm.es/legislacion-compatibilidad-segunda-actividad/
    • que no se percibe pensión de jubilación, retiro u orfandad por derechos pasivos o por cualquier régimen de la Seguridad Social público y obligatorio.
    • que se cumplirán fielmente las obligaciones del cargo en la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, y se guardará y hará guardar la Constitución y el Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha.
    • la disponibilidad para incorporarme y permanecer, durante el periodo de nombramiento en el puesto de trabajo adjudicado, NO estando incurso en proceso alguno de INCAPACIDAD TEMPORAL
    • que se posee la competencia profesional necesaria para impartir las materias propias del destino adjudicado.
    • que no se ha sido condenado/A por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así como por trata de seres humanos
  • Hoja de recogida de datos administrativos, personales, número de cuenta bancaria y número de la Seguridad Social
  • Modelo 145 de comunicación datos al pagador, de cara a calcular el % de IRPF que corresponde en nómina según la situación personal

Las personas aspirantes adjudicadas que no han trabajado nunca como personal docente en la Administración educativa de Castilla-La Mancha deberán presentar los tres documentos, mientras que aquellas que ya han trabajado en la administración educativa de la región solo estarían obligadas a presentar la declaración jurada, debiendo presentar la hoja de recogida de datos solo en caso de haber modificado alguno de ellos (si es la cuenta bancaria no haría falta porque se puede hacer en la intranet en el apartado ‘Consulta/Modificación de datos bancarios’) y el modelo 145 solo si se ha producido una variación en los datos que en él se reflejan (por ejemplo, haber sido padre/madre recientemente).


Maternidad, paternidad y lactancia

Aquellas personas aspirantes que se encuentren disfrutando de su descanso maternal o en procesos asociados a la maternidad, en caso de resultar adjudicatarias de una plaza, podrán continuar disfrutando del período de descanso correspondiente a la maternidad o al proceso mencionado, debiendo incorporarse al destino adjudicado a la finalización del mismo. Durante el disfrute de dicho período de descanso, se efectuará la provisión de una persona sustituta en la plaza que le haya resultado asignada.


Comunicación de incidencias

Las personas aspirantes que se encuentren disfrutando de su descanso maternal o en procesos asociados a la maternidad, así como aquellas que no acepten la plaza adjudicada, no hagan efectiva la toma de posesión o incurran en alguno de los supuestos de exclusión establecidos en el artículo 11 de la Orden de 32/2018, de 22 de febrero, deberán informar y justificar documentalmente, en su caso, tales circunstancias a la mayor brevedad posible, por correo electrónico, ante la Delegación Provincial de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes correspondiente al centro donde se ubique la plaza asignada, y también enviar copia al servicio de Registro de personal:

  • Delegación Provincial de Albacete: primaria.edu.ab@jccm.es
  • Delegación Provincial de Ciudad Real: primaria.edu.cr@jccm.es
  • Delegación Provincial de Cuenca: primaria.edu.cu@jccm.es
  • Delegación Provincial de Guadalajara: primaria.edu.gu@jccm.es
  • Delegación Provincial de Toledo: primaria.edu.to@jccm.es
  • Registro de personal: registropersonal.edu@jccm.es

Cambio de criterios para sustituciones

En los primeros días de septiembre (a partir del día 2) se publicará en el Portal de Educación Resolución por la que se actualizarán todas las bolsas de trabajo ordinarias, de reserva y extraordinarias definitivas de los cuerpos de la enseñanza pública no universitaria, se informará de la fecha de la siguiente adjudicación de plazas durante el curso escolar y se convocará procedimiento para que las personas aspirantes a interinidades puedan modificar los criterios de adjudicación de plazas durante el curso escolar, así como el estado de disponibilidad en las bolsas de trabajo.


Reclamaciones

Contra la adjudicación centralizada definitiva podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Educación, Cultura y Deportes, en el plazo de un mes (del 14 de agosto al 13 de septiembre)


Aclaraciones sobre la adjudicación

  • Al haber proceso selectivo este año, primero se adjudica a los aspirantes seleccionados por el turno de discapacidad (tienen prioridad según la convocatoria), después a los del turno libre, y después las vacantes para personal interino.
  • Se tienen en cuenta las hasta 120 peticiones consignadas en la solicitud de participación en el concurso-oposición, marcadas para las adjudicaciones previas al inicio de curso. NO se tienen en cuenta aquí las provincias y criterios para sustituciones.
  • No se asigna ninguna plaza que no esté solicitada entre esas 120 peticiones. Por tanto, si no hay destino en las hasta 120 peticiones consignadas, no se es adjudicado/a y se seguiría en bolsa de cara a las sustituciones durante el curso.
  • En esta adjudicación, se empieza a adjudicar a personas en bolsa que se presentaron por el turno de discapacidad, asignando a tantas personas como plazas convocadas por este turno quedaron sin cubrir (art. 16.4.1 de la Orden 32/2018). En este año fueron:
Plazas convocadas Aspirantes seleccionados Reserva inicial plazas
Infantil 17 17 0
Inglés 14 7 7
Francés 1 0 1
E. Física 9 5 4
Música 6 0 6
PT 10 8 2
AL 5 1 4
Primaria 18 6 12
  • Tras ello, se empieza a asignar por posición en bolsa, pero reservando al menos una plaza cada 14 para personas del turno de discapacidad. Para ello, se asigna a trece aspirantes, y a continuación plaza al primer aspirante disponible del turno de discapacidad. Si dentro de los primeros trece hubiera al menos un aspirante del turno de discapacidad, comienza a aplicarse la reserva a partir de esta persona (art. 16.4.2 de la Orden 32/2018).
  • En caso de tener varias especialidades habilitadas, y optar en un centro o localidad a todas las especialidades, la adjudicación se hace teniendo en cuenta en primer lugar la especialidad por la que se participó en la última oposición, y, a continuación, el resto de las solicitadas en el siguiente orden: inglés, AL, PT, Música, Educación Física, Infantil, Primaria y francés. En el caso de especialidades no convocadas, el orden es Filología Lengua Castellana, Ciencias Sociales y Matemáticas y Ciencias de la Naturaleza.

Reclamaciones contra las bolsas definitivas

Contra la publicación de las bolsas de trabajo ordinaria y de reserva definitivas podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Educación, Cultura y Deportes, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación (del 9 de agosto al 9 de septiembre).

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