Reclamaciones a la adjudicación y contra las bolsas definitivas
Se podrán presentar reclamaciones contra esta adjudicación provisional centralizada de plazas, dirigidas a la Dirección General de Recursos Humanos, mediante el envío de correo electrónico a registropersonal.edu@jccm.es, desde el día 08/08/2024 hasta el día 09/08/2024, ambos inclusive. Las reclamaciones se entenderán resueltas con la publicación de la adjudicación centralizada definitiva. Plazo de reclamación a la adjudicación provisional: desde el día 08/08/2024 hasta el día 09/08/2024, ambos inclusive.
Contra la publicación de las bolsas de trabajo ordinaria y de reserva definitivas podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Educación, Cultura y Deportes, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación (del 9 de agosto al 8 de septiembre).
Opción de participación en una bolsa de trabajo y estado disponibilidad en bolsa
Aquellas personas aspirantes que figuren en más de una bolsa de trabajo ordinaria definitiva, Cuerpo de Maestros especialidades convocadas y Cuerpo de Maestros especialidades anteriores LOGSE, podrán ejercitar la opción de participación en la adjudicación definitiva por una única bolsa de trabajo. Dicha opción de participación estará habilitada en el Portal de Educación (https://www.educa.jccm.es/es), a través de su seguimiento personalizado, con independencia de resultar adjudicatarias de alguna plaza en la referida adjudicación provisional, de manera que en la asignación definitiva sólo participarán por la bolsa de trabajo elegida, pudiéndose obtener un justificante de la elección realizada.
Las personas aspirantes que formen parte de una o varias bolsas de trabajo podrán modificar telemáticamente en el Portal de Educación (https://www.educa.jccm.es/es), a través de su seguimiento personalizado, su estado de disponibilidad conjuntamente para todas las bolsas en las que estén incluidas, pudiéndose obtener un justificante de las modificaciones realizadas.
En caso de no ejercitar dicha opción o realizarla en más de una de las bolsas en las que estén integradas, la adjudicación definitiva será conforme a lo establecido en el artículo 17.5 de la Orden 32/2018, de 22 de febrero.