Causas de exención de formar parte de los tribunales de oposición de EEMM
El plazo de presentación de las solicitudes de exención será desde el día 31/01/2025 hasta el día 19/02/2025 (ambos incluidos).
En la Resolución 23/01/2025, de la Consejería de Educación y Cultura y Deportes, se regula en su Art. 26.3. Supuestos de exención de la obligación de formar parte de los órganos de selección, se establece que, quienes encontrándose en alguno de estos supuestos deseen quedar exentos de formar parte de los órganos de selección en el presente proceso selectivo, deberán solicitarlo mediante escrito dirigido al Director General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes.
Supuestos de exención:
a)Quienes hubieran sido designados y hubieran actuado forzosamente como miembros de los órganos de selección en el proceso selectivo para ingreso en el Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria y en el Cuerpo de Profesores Especialistas en sectores singulares de Formación Profesional convocado por Resolución de 30/11/2022 de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes (DOCM nº 236, de 12/12/2022)
b) Aquellos funcionarios y funcionarias cuya jubilación voluntaria o forzosa se produzca en el año en que se realiza la presente convocatoria.
c) Quienes estén desempeñando el cargo de director o directora.
d) Las funcionarias que a la fecha del nombramiento de los órganos de selección se encuentren al menos en su quinto mes de gestación.
e) En el caso de familias con hijos menores de tres años, podrá quedar exento el padre o la madre cuando ambos hayan sido designados miembros de los órganos de selección, o el progenitor de que se trate en el caso de familias monoparentales.
f) Quienes sean miembros electos de una corporación local y no tengan dedicación exclusiva.
g) Quienes tengan concedida una reducción de jornada por guarda legal hasta el 31 de agosto del año en que se realiza la presente convocatoria.
h) Quienes acrediten la condición de juez de paz titular.
No se aceptarán solicitudes de exención que se presenten fuera del plazo señalado anteriormente.
Quienes encontrándose en alguno de estos supuestos deseen quedar exentos de formar parte de los órganos de selección en el presente proceso selectivo, deberán solicitarlo mediante escrito dirigido al Director General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, aportando la documentación acreditativa de la situación en que fundamenten su solicitud de exención. El plazo de presentación de las solicitudes de exención será desde el día 31/01/2025 hasta el día 19/02/2025 (ambos incluidos). La solicitud de exención podrá presentarse en cualquiera de las oficinas y registros a que se refiere el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Quienes pudieran encontrarse en las situaciones previstas en las letras d) y e) señaladas anteriormente deberán, si desean quedar exentos, pedir la exención en idéntico plazo en previsión de que quede acreditada en su momento la causa de exención, en cuyo caso serán eximidos. Quienes aleguen el hecho de su jubilación como causa de exención, deberán acreditar haber solicitado la jubilación, cuyos efectos habrán de producirse dentro del año en que se realiza la presente convocatoria.
Otra posibilidad de exención es por Causas médicas.
26.4 Exención de la obligación de formar parte de los órganos de selección basada en razones médicas. Las solicitudes de exención basadas en causas médicas que afecten al propio solicitante solamente serán aceptadas si son informadas favorablemente por la Inspección Médica de la correspondiente Delegación Provincial de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes.
También existe posibilidad de Abstención según apartado 27.1.
Los miembros de los órganos de selección deberán abstenerse de intervenir, notificándolo con carácter inmediato a la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes y al presidente del respectivo órgano de selección, con la debida justificación documental, cuando concurra en ellos alguno de los motivos de abstención previstos en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, o si hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas para el mismo cuerpo y especialidad en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria. La participación como aspirante en el proceso de adquisición de nuevas especialidades, es compatible con la designación como miembro de órgano de selección, al pretenderse la adquisición de una especialidad distinta de la que corresponde al órgano de selección para el que el interesado haya sido designado. Asimismo, la participación como aspirante en el proceso de acceso a cuerpo incluido en grupo de clasificación superior también es compatible con la designación como miembro de órgano de selección del Cuerpo desde el cual se pretende el acceso (Cuerpo de pertenencia del interesado). Los presidentes de los órganos de selección solicitarán de los miembros de los respectivos órganos de selección, en el acto de constitución de los mismos, declaración expresa de no hallarse incursos en ninguna de las causas de abstención previstas. Los integrantes de órganos de selección en los que concurra alguna causa de abstención lo pondrán en conocimiento del presidente del órgano, el cual lo notificará inmediatamente a la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes que resolverá lo procedente. La no abstención en los casos en los que proceda dará lugar a responsabilidad.
Te recordamos que la participación en los órganos de selección tiene carácter obligatorio de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8.3 del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero para quién no solicite exención y le sea concedida.
Localidades donde se celebrarán las pruebas:
- Albacete: Matemáticas; Economía; Mecanizado y Mantenimiento de Máquinas; Biología y Geología; Procedimientos de Diagnóstico Clínico.
- Ciudad Real: Sistemas y Aplicaciones Informáticas; Educación Física; Orientación Educativa; FOL; Administración de Empresas.
- Cuenca: Física y Química; Procesos Comerciales; Instalaciones Electrotécnicas; Dibujo.
- Guadalajara: Filosofía; Latín; Lengua Castellana; Procesos de Gestión Administrativa.
- Toledo: Francés; Geografía e Historia; Inglés; Informática; Mantenimiento de Vehículos.
- Criterios selección de tribunales:
Los criterios que sigue para la selección de tribunales es:
- Prioriza por centro de servicio, en relación con la provincia de gestión de especialidad.
- Después, por número de sorteo, para los definitivos de la especialidad en resto de provincias.
- Los que ingresaron por la especialidad;
- Los que tienen la especialidad.