En la mesa sectorial celebrada ayer día 18 de marzo, el sector de enseñanza de UGT Servicios Públicos propuso numerosas mejoras y aclaraciones al borrador de las instrucciones de la próxima convocatoria de comisiones de servicio, cuyo plazo de presentación de solicitudes será del 3 al 16 de abril.
Con respecto a las aclaraciones y mejoras conseguidas, se realizaron las siguientes aportaciones:
- Comisiones a jornada parcial: dado que el año pasado en alguna provincia se dijo que no se iban a conceder, pedimos que se recoja en las instrucciones que las comisiones de servicio humanitarias, por enfermedad grave o discapacidad, y de conciliación, puedan concederse puestos de jornada parcial, con deducción proporcional de retribuciones, si así lo solicita el interesado o interesada, pues en muchos casos prefieren esta situación, para atender a sus necesidades de salud o conciliación, antes que estar con jornada completa a mayor distancia de la localidad donde le interesa permanecer, y que esto se recoja en las instrucciones. Estas reducciones de jornada además son compatibles con los supuestos de las reducciones de jornada contempladas en el II Plan Concilia (por guarda legal, cuidado de familiares, voluntaria). Respuesta de la administración: sí se pueden permitir, siempre que el funcionario/a esté de acuerdo. Lo que no se puede es unir dos jornadas parciales, por la Ley de incompatibilidades.
- Peticiones: Pedimos que se establezca un número de peticiones igual para todos los casos de comisión de servicios, y superior a 10 peticiones que son las que PITIA suele dejar con carácter general. En las instrucciones, en algunos casos se limita a 3 peticiones, en otros casos no pone nada, en muchos casos el solicitante rellena en PITIA más solicitudes de las que luego el sistema acepta, y le acaba saliendo un mensaje de error, por lo que pierde el tiempo innecesariamente. Además, pedimos que se aclare en qué casos se pueden solicitar peticiones de provincia, pues en algunos tipo de comisiones salía y en otros no. Respuesta de la administración: se va a indicar en el sistema, en cada modelo de solicitud, las plazas que se pueden pedir.
- Comisiones para el cuidado de familiares con discapacidad: Recomendamos cambiar las 3 referencias “familiares discapacitados” a “familiares con discapacidad”, utilizando un lenguaje más adecuado que además es el que recoge desde hace pocas fechas la propia Constitución. En este tipo de comisiones, hay que definir el umbral de discapacidad, en algunas delegaciones se está tomando el 33%. Respuesta de la administración: se estima nuestra recomendación, y se cambiará la terminología y se especificará el umbral del 33%.
- Comisiones por hijos menores de 6 años: pedimos que se aclare, ante la disparidad de criterios en años anteriores, qué fecha se toma como último día para cumplir los requisitos de ser menores de 6 años?. Respuesta de la administración: se entiende que si el menor no tiene 6 años a fecha de final de plazo de solicitudes (16 de abril), debe concederse.
Además, solicitamos más mejoras:
- Volvemos a pedir, como en años anteriores, una nueva categoría, «comisión de servicios por hijo con cáncer o enfermedad grave». Las enfermedades graves vienen recogidas en el Anexo del RD 1148/2011. Serían los mismos casos de enfermedades que los que recoge el permiso retribuido (reducción de jornada del 50 al 99% retribuida) del Plan Concilia. Pedimos que estas comisiones se pudieran asignar justo detrás de las de «enfermedad grave propia del docente y discapacidad del 50%», y justo antes del concursillo. Estas comisiones estarían enfocadas a mejorar la atención a hijos/as con enfermedad grave que, en numerosos casos, conllevan asociada discapacidad y/o dependencia.
- Documentación: Valoramos que se ha aclarado mucho más la documentación requerida, en especial las referencias a la documentación que justifique el grado de parentesco en determinadas comisiones, algo que veníamos reclamando desde años anteriores. No obstante, pedimos que se aclare si es necesario presentar declaraciones juradas propias y de hermanos en el caso de cuidado de familiares, declarando quién es el que se hace cargo de los cuidados de familiar. Respuesta de la administración: las declaraciones juradas y responsables se pueden aportar, aunque tienen un valor probatorio limitado. Se puede probar que se está a cargo por cualquier vía que se considere oportuna (informes servicios sociales…). En algunos casos, Se les exige “Fecha de nombramiento como funcionario de carrera” o el título de funcionario de carrera (aulas TEA), pero hay funcionarios, por ejemplo los de prácticas, que no han sido aún nombrados. Debería mejorarse la redacción y aclarar qué pasa en estos casos.
- Información al solicitante: Pedimos que se informe en PITIA, en el sistema informático, si la petición de las comisiones de servicio ha sido estimada por la Delegación Provincial en primera instancia y en segunda instancia por la Consejería, en ambos casos pendiente de vacante.
- Reclamaciones: Pedimos que se recoja en las instrucciones cómo reclamar de manera organizada la denegación de la estimación de una petición de comisión de servicios. Respuesta de la administración: no es viable establecer un proceso de reclamaciones porque en los meses en los que se resuelve hay muchos procesos en curso. En cualquier caso, todos tendrán una notificación desestimatoria, que puede llegar más tarde de lo que sería deseable, para poder reclamar por la vía que se estime oportuna.
- Convocatoria unificada: Pedimos que se integren todas las convocatorias, que las de Aula Hospitalaria y Comunidades de Aprendizaje (todas) estén aquí también, al menos.
- Información sobre los tipos de plaza: Pedimos que se detalle en las instrucciones qué plazas pueden suponer compartir centros o varias localidades, como por ejemplo las de discapacidad visual.
- Aclaraciones en empates: En caso de empate, se atiende a la antigüedad en el cuerpo, y en caso de empate, al que tenga mayor calificación en el proceso selectivo. Aquí vemos dos cosas que se han de aclarar:
- ¿La antigüedad en el cuerpo cuenta también la experiencia como interino/a, de igual modo que en el Concurso de Traslados, según la sentencia del Supremo? Debe aclararse en la instrucción. Respuesta de la administración: solo será tenida en cuenta la experiencia como funcionario de carrera.
- Con respecto a la nota de ingreso, las notas de los que acceden por concurso-oposición es de 0 a 10, mientras que los que accedieron por concurso de méritos, tenían una nota de 0 a 15. ¿Se va a normalizar la nota de los que accedieron por concurso de méritos, o una persona con un 10,1 en concurso de méritos estaría por delante de cualquiera que hubiera accedido por oposición? Debe aclararse. Respuesta de la administración: en CLM no habrá casos en los que coincida el año de ingreso para personal que entró por concurso de méritos o por oposición. No estamos de acuerdo con esta apreciación, porque entendemos que podría coincidir con gente que venga de otras comunidades o gente que apruebe las prácticas en 2 años.
- Comisiones por cuidado de hijos: el criterio de 75 o 200 km se considera insuficiente. No se detalla cómo se realiza el cálculo de la distancia y se debería priorizar por tiempo de desplazamiento por carretera (por ejemplo, 40 minutos, 1 hora 40 minutos). Aunque se habla de que se podrá autorizar por circunstancias orográficas o cuando esté justificado, esto no asegura su concesión.
- Centros de nueva creación: no se detalla cuáles son, deberían incluirse en un anexo.
- CRIEC: se pide maestros y secundaria de cualquier especialidad con un B2 o superior, pero no se especifica lengua. Podría mencionarse que el centro está en Carboneras de Guadazaón.
- Informamos de errores en el Anexo C aulas TEA, que se corregirán: n.
- En el CEIP Dr Fleming de Albacete, pone provincia de TOLEDO
- IES Miguel de Cervantes de Alcázar de San Juan, pone provincia de ALBACETE
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