El próximo día 9 de junio se celebran las Elecciones Europeas. Si durante la jornada formas parte de mesa electoral, podrás disfrutar de 5 horas de permiso el día 10 de junio.
Así se recoge en el art. 28.1 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, que indica que “los trabajadores por cuenta ajena y los funcionarios nombrados Presidentes o Vocales de las Mesas Electorales tienen derecho a un permiso retribuido de jornada completa durante el día de la votación, si es laboral. En todo caso, tienen derecho a una reducción de su jornada de trabajo de cinco horas el día inmediatamente posterior“.
Este permiso se puede disfrutar con independencia de si el turno de trabajo es por la mañana o por la tarde.
Para poder justificar la ausencia, deberás tramitar la solicitud de un justificante de haber formado parte de la mesa a través del ayuntamiento o de la Junta Electoral de Zona, cuyos datos de contacto deben constar en el nombramiento como miembro de la mesa electoral.
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