Informe Mesa Sectorial 04-09-2024. PROA+. Acreditación competencia digital. Pruebas extraordinarias ESO

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Fecha:

4 de septiembre de 2024

Asistentes:

Director General de RR.HH., Jefes de Servicio.

ANPE, STE, CCOO, CSIF y UGT

Temas tratados:

PROA+; Regulación Acreditación Competencia Digital; Actividades o Pruebas Extraordinarias para obtención Título ESO.

Primer punto: Resolución de XX de XXX de 2024, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se regula la organización, desarrollo y evaluación del programa de cooperación territorial para la orientación, el avance y el enriquecimiento educativo en centros de especial complejidad educativa, Programa PROA+, FSE+ en los centros docentes sostenidos con fondos públicos de Castilla-La Mancha que han participado en el desarrollo del programa PROA+ en la primera fase del desarrollo durante los cursos 2021-22,2022-23 y 2023-24.

CONSEJERÍA:

La presente Resolución tiene por objeto regular la organización, desarrollo y evaluación del Programa para la orientación, avance y enriquecimiento educativo (PROA+(FSE +)) en centros educativos de Educación Infantil y Primaria (CEIP) y Secundaria, sostenidos con fondos públicos, de especial complejidad educativa, que cuenten con, al menos, un 30% de alumnado educativamente vulnerable en un sentido global , de la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha, que ya han participado en la primera fase del programa PROA+

Los centros destinatarios son aquellos de Educación Infantil y Primaria (CEIP) y Secundaria, sostenidos con fondos públicos, de especial complejidad educativa, que han participado en la primera fase del programa PROA+ y que hayan firmado un nuevo contrato-programa en el que, con una aprobación mínima del 60% del Claustro, se comprometen a prorrogar su participación en el programa durante la segunda fase.

El plazo de ejecución es de 4 cursos escolares, desde el curso 2024/2025 al 2027/2028.

La Consejería pondrá a disposición de los centros que desarrollen el programa PROA+: un plan de formación, una plataforma online para trabajo colaborativo, jornadas de intercambio y recursos personales adicionales.

Son 169 centros que participaron en la primera fase, y figuran en el Anexo I.

ANPE:

Desde ANPE nos parecen positivos estos programas que van acompañados de dotación personal, material y de formación y, sobre todo, el que se deje a la autonomía de los centros y a la decisión del Claustro su participación en los mismos, asumiendo los compromisos que ello conlleva con la Consejería, por decisión del profesorado del centro.

Nos parece bien que se publique la relación de centros que cumplen con los requisitos y pueden solicitar la continuidad, pero deberían estar abierta a que, si algún centro no quiere seguir, otro centro que cumpla los requisitos pueda participar en el Programa, si el Claustro así lo aprueba.

Nos gustaría conocer previamente el número de profesores y tipo de jornada con que se incorporaría9 cada centro, esa será la clave para conocer el éxito que pueda tener el programa en cada uno de los centros.

Por otro lado, el responsable del programa PROA+, que tendrá una carga añadida de trabajo, debería tener un complemento económico y, sobre todo, una reducción horaria para ello, como tiene cualquier docente que asume un cargo o responsabilidad.

CONSEJERÍA:

La dotación de profesorado que se repartirá entre los centros en función de sus características y necesidades será de 194 efectivos a jornada completa y media jornada (124 cupos), algunas de estas adjudicaciones serán ampliaciones de jornadas.

No se completarán medias jornadas con otros programas.


Segundo Punto: Orden por la que se regula el procedimiento para la acreditación de la competencia digital docente del profesorado.

CONSEJERÍA: Presentan la Orden que regulará el procedimiento para la acreditación de la competencia digital docente, en base a lo establecido en el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Educación.

Las convocatorias del procedimiento de acreditación de la competencia digital docente se realizarán mediante resolución de la persona titular de la Dirección General de Innovación

Educativa y Centros de conformidad con lo establecido en esta orden.
El reconocimiento del nivel de competencia digital docente se realizará mediante las modalidades de procedimiento de acreditación que recoge la Orden, en su Anexo I, y contemplarán desde el A1 al C2.


La acreditación de los niveles será realizada por una comisión de acreditación.

El Centro Regional de Formación del Profesorado facilitará en su oferta anual formación específica para acreditación de los niveles A1, A2, B1 y B2.

Actualmente hay más de 20.000 docentes certificados en CLM. Se está trabajando en el registro digital.

Las acreditaciones ya expedidas no tendrán que iniciar el procedimiento. Se registrarán en el registro de formación.

ANPE:

Se plantean varios interrogantes con lo contemplado en esta Orden. El nuevo Real Decreto 677/2024 que modifica el Concurso de Traslados contempla que la acreditación de la competencia digital sea baremada en el apartado 5 (formación). Esto implica que sean miles los docentes que soliciten esta acreditación, para ser baremada en dicho proceso.

Desde ANPE pedimos que la Resolución para solicitar la acreditación se publique cuanto antes.

Respecto al plazo de 6 meses que fija la Orden para resolver las solicitudes, instamos a que se reduzca lo máximo posible, principalmente para que pueda ser utilizada en el próximo Concurso. Esta Orden llega tarde, pues son varias las comunidades que ya la han desarrollado y los docentes castellanomanchegos podrían ir en desventaja a este respecto.

En relación a la acreditación de oficio preguntamos si será inmediata o también se acoge al plazo de 6 meses.

Preguntamos si únicamente será válida la formación del Centro Regional de Formación para acreditar estos niveles de competencia, o también lo será la certificación de formación de otras entidades que cumplan con lo establecido en la Orden 8/10/2008 de formación del profesorado.

También queremos saber: ¿en qué van a consistir las pruebas específicas de acreditación para los niveles B1 y B2? ¿cómo serán los procesos de análisis y validación de las evidencias compatibles con los niveles C1 y C2?

Nos preguntamos si serán válidas las titulaciones estrechamente relacionadas con la competencia digital y con qué nivel.

Pedimos que las organizaciones sindicales puedan estar presentes en la comisión de acreditación, pues hay ámbitos y aspectos del procedimiento de acreditación que son muy ambiguos.

CONSEJERÍA:

Actualmente la formación se impartirá exclusivamente desde el Centro Regional de Formación del Profesorado.

La periodicidad de las convocatorias será en función de la demanda de las solicitudes de acreditación. Estudiarán acortar el plazo de la resolución.

Informan que serán válidas las titulaciones de Grado, Licenciaturas, Ingenierías o Ingenierías técnicas relacionadas directamente con la competencia digital, incluirán en la primera Resolución de la acreditación de la competencia digital un catálogo de titulaciones que acreditarán el nivel de competencia.

No hay intención de momento, desarrollar una prueba específica, si no la certificación a través formación.



Tercer Punto: Orden XX/2024 de XX de XX, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se regula la realización de las actividades o pruebas personalizadas extraordinarias para la obtención del Título de Graduado/a en ESO

CONSEJERÍA: Presentan la orden tiene por objeto regular la realización de actividades o pruebas personalizadas extraordinarias anuales, para la obtención del Título de ESO, tal y como establece el artículo 17.5 del Real Decreto 217/2022, de 29 de marzo, por el que se establece la ordenación y las enseñanzas mínimas de la Educación Secundaria Obligatoria.

Podrá solicitar la realización de estas actividades o pruebas personalizadas extraordinarias el alumnado que, una vez finalizado el proceso de evaluación del cuarto curso de Educación Secundaria Obligatoria, no haya obtenido el título y haya superado los límites de edad.

Las actividades o pruebas personalizadas extraordinarias serán elaboradas, aplicadas, evaluadas y calificadas por los departamentos didácticos que tengan asignadas las materias o ámbitos objeto de evaluación o, en su defecto, por los que sean designados por la dirección del centro docente donde se realice el seguimiento de las mencionadas actividades o pruebas.

Las actividades personalizadas y extraordinarias formarán parte de un plan de actividades evaluables, que se extenderán desde el final del periodo de matriculación hasta la segunda quincena del mes de enero.

ANPE:

Es trasladar la normativa básica, pero añade una nueva carga de trabajo a los docentes.

Sin lugar a dudas, medidas como esta rebajan el nivel de exigencia para obtener el título de la ESO, y por tanto reducirán la tasa de fracaso escolar, con medidas extraordinarias.

Desde ANPE consideramos que este no es el camino. La bajada de la tasa de fracaso escolar se deber reducir con medidas ordinarias, y no con medidas extraordinarias como esta. La Administración debe incrementar los presupuestos dedicados a educación y dotar de más refuerzos y desdobles durante toda la escolarización.

Respecto a la elaboración, aplicación, evaluación y calificación de estas pruebas o actividades, pedimos un complemento económico y reducción horaria, para esta nueva carga de trabajo que recaerá en los departamentos didácticos.

ANPE, el sindicato de docentes de la Enseñanza Pública.

4 de septiembre de 2024.

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