Informe Mesa Sectorial 05-07-2024. Currículos FP, Instrucciones medidas educativas organizativas y gestión 24/25, pruebas nivel

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Fecha:

5 de julio de 2024

Asistentes:

Director General de RR.HH., Director General de FP, Jefes de Servicio.

ANPE, STE, CCOO, CSIF y UGT

Temas tratados:

Comisiones de elaboración pruebas de nivel de competencia lingüística.

currículos de: CPGM, CPGS, CFGB y cursos de especialización.

Modificación Orden que dicta instrucciones sobre medidas educativa, organizativa y de gestión para el curso 2024/2025.(art 5. Punto 5)

1. Resolución por la que se regula el procedimiento para la constitución y actuación de las comisiones de elaboración de pruebas de certificación de nivel de competencia lingüística de enseñanzas de idiomas de Régimen Especial en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha para el curso 2024-2025.

CONSEJERIA:

No hay ninguna novedad con respecto a la del año pasado. La única diferencia que el idioma de portugués se normaliza en cuanto a la constitución de la comisión. Hay comisiones consolidadas lo que da información de que todo va bien. y ese es el objetivo, consolidar estas comisiones, para que sean lo más estables posibles.


ANPE: Exención de participación de los equipos directivos.
 

CONSEJERIA: Lo estudiaran, pero es complicado encontrar profesorado.

Proyecto de Decreto de 14 de junio de 2024, por el que se modifican:

2. Los Decretos que establecen los currículos de los ciclos formativos de grado medio correspondientes a los Títulos de Técnico de Formación Profesional.

3. Los Decretos que establecen los currículos de los ciclos formativos de grado superior correspondientes a los Títulos de Técnico Superior de Formación Profesional.

4. Los Decretos que establecen los currículos de los ciclos formativos de grado básico, correspondientes a los Títulos de Técnico Básico de Formación Profesional.

5. Los Decretos que establecen los currículos de los cursos de especialización.

CONSEJERÍA: presentan los borradores de Decretos de currículo de los CF de Grado Básico, Medio y Superior y de los cursos de especialización en desarrollo de los RRDD estatales para implantar el nuevo sistema de FP el curso que viene.

Tienen pendientes desarrollar tres Órdenes: una Orden de Dual que regule las nuevas funciones y cargos de coordinación que establece la nueva Ley de FP, otra Orden de Evaluación, promoción y titulación y una Orden que modifique la actual sobre la enseñanza virtual.

  • ANPE:

Antes de comenzar a hablar de los borradores de currículo, desde ANPE queremos decir que es imprescindible establecer una norma, que podría ser en forma de Resolución o Instrucciones, como ya han hecho otras CCAA. Para ser lo más ágiles posibles de cara al inicio de curso y no esperar a la publicación de la futura Orden de Dual a la que ha aludido la Consejería, para regular las figuras de coordinación y responsables con sus funciones a desempeñar y competencias, recogidas en el RD 659/2023, y, sobre todo, el horario de dedicación del profesorado que asuma dichas funciones.

Es muy importante regular la figura del prospector de empresas, que será clave en el desarrollo y aplicación de la nueva FP. Para ANPE la Consejería debería nombrar a prospectores de empresas de las distintas familias profesionales, para que sean los encargados de facilitar los contactos entre los centros educativos de cada provincia con empresas u organismos equiparados, en particular con las pequeñas y medianas empresas y microempresas.

Respecto a los Decretos que modifican los actuales Decretos de currículum de CLM para adaptarlos a nueva normativa estatal de FP, desde ANPE queremos saber por qué están ya publicados en el portal de educación la nueva carga horaria de los módulos de los distintos ciclos formativos que aparecen en los borradores presentados ¿esto significa que lo que se proponga en esta mesa no vale para nada?, sin olvidar que además de esta mesa, aun le quedan otros órganos de consulta por lo que pasar los borradores de Decreto.

Por otro lado, respecto al tiempo de formación en empresas u organismo equiparado, tampoco entendemos por qué no se respeta lo establecido en la Ley de FP (salvo en el borrador de Decreto que se refiere a los Grados Básicos) ya que se establece que esta formación en empresas u organismo equiparado tendrá una duración de entre 500 y 580 horas, lo que es entre un 25% y un 28% de la carga horaria total de los ciclos, cuando la propia Ley de FP fija, en la modalidad general, que el horario será ente el 25% y el 35% y, en la modalidad intensiva, que estos Decretos no contemplan, del 35% al 50%. Queremos conocer por qué esto es así, si es que no va haber CF de la modalidad DUAL intensiva en nuestra región y si tampoco se va a permitir a los centros llegar al 35% de la carga horaria total en la modalidad general.

Desde ANPE pedimos que se refleje lo que la Ley de FP dice y que sean los centros los que, en el uso de su autonomía, decidan el horario que se impartirá en las empresas u organismos equiparados.

Nos gustaría conocer, como se va a desarrollar y planificar la enseñanza modular para la acreditación de competencias profesionales en los centros, donde se imparte Formación Profesional ya que la nueva Ley de FP la incentiva.

Por último, queremos saber que va a ocurrir con los Ciclos con currículo LOGSE que aun quedan en nuestra región que, imaginamos, no sufrirán modificación alguna y sobre la continuidad de los programas específicos de Formación Profesional.

CONSEJERÍA: Aunque estén publicados los horarios de 1º lo están solo a título informativo y se pueden modificar.

Tenemos pensado que las labores de prospección la realicen desde la Consejería, empezando por el propio DG de FP, y en las Delegaciones Provinciales lo harán las unidades de FP a las que reforzarán. En la formación en empresas serán flexibles y los centros que planteen una carga superior a la establecida o dar la modalidad intensiva, lo podrán realizar previa petición.

La enseñanza modular se va a ir implantando en los centros educativos y los programas específicos de Formación Profesional van a continuar como están así como los ciclos LOGSE, aunque en este último caso pueden explorar la posibilidad de la dualidad.

6. Orden de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se dictan instrucciones sobre medidas educativas, organizativas y de gestión para el desarrollo del curso escolar 2024/2025 en la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha. (artículo 5, punto 5).

CONSEJERÍA: Se ha hecho una modificación nueva:

A la tutoría desempeñada por el responsable del periodo de formación en empresa o, en su caso, del módulo de Formación en centros de trabajo, tanto en ciclos formativos como en cursos de especialización, se le asignarán los siguientes periodos semanales, desde el inicio de curso:

a) Tutores y tutoras de primer curso:

- Un periodo lectivo y 2-3 periodos complementarios, en el caso de grupos con un número igual

o inferior a 9 alumnos o alumnas.

- Un periodo lectivo y 2-3 periodos complementarios, en el caso de grupos con un número de

entre 10 y 20 alumnos o alumnas.

- Un periodo lectivo y de 2-3 periodos complementarios, en el caso de grupos con un

número superior a 20 alumnos o alumnas.

b) Tutores y tutoras de segundo curso (y tercero en su caso):

- Un periodo lectivo y 2-3 periodos complementarios, en el caso de grupos con un número igual

o inferior a 9 alumnos o alumnas.

-Dos periodos lectivos y 2-3 periodos complementarios, en el caso de grupos con un número de entre 10 y 20 alumnos o alumnas.

- Tres periodos lectivos y de 2-3 periodos complementarios, en el caso de grupos con un número superior a 20 alumnos o alumnas.

c) Para el desarrollo de sus funciones los tutores y tutoras de dual del centro educativo dispondrán, de las horas que convenientemente se puedan incrementar y de los periodos que carezcan de actividad lectiva porque el alumnado se encuentre realizando los periodos de formación en empresa, siendo también de aplicación la letra j) del artículo 17 de la Orden 118/2022, de 14 de junio.

ANPE: Para ANPE los responsables de la FCT, que el curso que viene será el último en el que existirá dicho módulo, deberían tener la misma reducción horaria que hasta ahora de 3 horas lectivas.

Por otro lado, para la realización de las funciones de tutor/a dual, por cada grupo de ciclo formativo o curso de especialización se debe disponer de, al menos, tres horas lectivas para realizar sus funciones.

 La reducción que se plantea es totalmente insuficiente.

Pero lo que más nos preocupa desde ANPE y con lo que no estamos nada de acuerdo, es que a los tutores/as de dual del centro les sea de aplicación lo recogido en la Orden 118/2022 para los responsables de los módulos de FCT. En dicha Orden se recoge la flexibilidad de horario y poder encargarles otras funciones cuando el alumnado está formándose en la empresa, pudiéndose entender también extensible al resto del profesorado y algo que va en contra de la nueva FP dual.

CONSEJERÍA: La reducción de horas lectivas no va a ser posible ir más allá por problemas presupuestarios. Si que están dispuestos a que, en función del número de alumnos, en 1º se puedan reducir 2 horas lectivas además de las complementarias.

En lo que respecta a la Orden 118/2022, lo han puesto pensando en los responsables de las FCT que este es su último año.

ANPE, el Sindicato de la Enseñanza Pública.

Docentes como tú.

5 de julio de 2024.

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