Informe Mesa Sectorial 06 de octubre 2022. Borrador Resoluciones de la Consejería convocatoria CGT ámbito Estatal.

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INFORME MESA SECTORIAL (06-10-2022).

Asistentes:

  • Director General de RRHH, jefes de servicio, jefe de inclusión educativa.
  • ANPE, STE, CCOO, CSIF Y UGT.

Primer punto: Borrador de la Resoluciones de la Consejería por la que se convoca Concurso General de Traslados de ámbito estatal:

  • Cuerpo de Maestro.
  • Cuerpo de Catedráticos y profesorado de enseñanza secundaria.
  • Cuerpo de profesores Técnico de Formación Profesional.
  • Catedráticos de escuela de idiomas y profesorado de escuela de idiomas.
  • Catedráticos y profesorado de artes plásticas y diseño
  • Cuerpo de inspectores.

CONSEJERÍA: Presentan el borrador que regula el CGT con los cambios en base a la Sentencia del Tribunal Supremo que obliga, en cumplimiento de la directiva de la Unión Europea, a computar la experiencia y antigüedad como funcionario interino o en prácticas al igual que la de funcionario de carrera.

"El Tribunal Supremo fija la siguiente doctrina en el fundamento de derecho quinto de la sentencia:
La valoración de los servicios prestados como funcionario de carrera, personal fijo, y como funcionario interino o personal de duración determinada, no pueden ser objeto de valoración diferente, ya sea obviando el trabajo desarrollado por los funcionarios interinos, ya sea confiriendo al mismo menor puntuación, siempre y cuando se refieren a los mismos puestos de trabajo mediante la realización de las mismas o asimiladas funciones. La solución contraria a la expuesta supondría incurrir en un trato discriminatorio que proscribe la Directiva1999/70/CE del Consejo, de 28 de junio de 1999, relativa al Acuerdo marco de la CES, la UNICE y el CEEP sobre el trabajo de duración determinada, a tenor de la jurisprudencia del TJUE.

En virtud de este pronunciamiento judicial deben valorarse en el concurso de traslados los servicios prestados en la condición de funcionario interino o en prácticas."

Por ello presentan la modificación de los apartados 1.2 y 1.3 relativos a antigüedad en el cuerpo en los que se recoge que la antigüedad estará referida también al tiempo desempeñado como funcionario interino y en prácticas.

También se ven modificados el apartado 4 relativo a funciones y cargos desempeñados, que se tendrá en cuenta los desempeñados como interino o en prácticas, así como los apartados 6.4 (cargos en la administración educativa) y 6.6 (tutor de alumnos de la universidad).

No se verán afectados el apartado de antigüedad en el centro y provisional, ligados a la condición de funcionario de carrera.

La premura de esta convocatoria es porque la convocatoria se publicará el 14 de octubre y plazo de solicitudes del 17 de octubre al 7 de noviembre.

Se va a valorar como novedad en este CGT el puesto de coordinador de FP en el apartado 4.3.

Solo se tendrá en cuenta la certificación de idiomas de la Escuela Oficial de Idiomas.

Se han hecho las modificaciones que se pretenden hacer en el RD, pero están pendientes de decidir entre todas las CCAA si también se va a tener en cuenta la sentencia para la baremación del difícil desempeño (1.1.3). Decidirán entre todas las comunidades si se puntúa el difícil desempeño estando de interino. CLM es partidaria de cumplir la sentencia en este apartado, pero acataran lo que decidan en conjunto todas las CCAA.

Se va a baremar el master de educación para el cuerpo de Maestros.

ANPE: Se nos presenta la modificación y adaptación de la convocatoria a la reciente Sentencia del TS que obliga a todo el Estado a adaptarse a la normativa europea sobre interinos y a contar la experiencia de igual forma, salvo la antigüedad en el centro.

Desde ANPE, poco tenemos que añadir a la obligatoriedad de acatar una sentencia del TS, pero este problema estaba claro que iba a llegar tomando como referencia a Galicia que con una sentencia firme en los mismos términos llevan años aplicando este criterio.

Por eso, desde ANPE, llevamos varios años advirtiendo en las mesas de negociación del Ministerio, la necesidad de reformar el RD 1364/2010 por la multitud de sentencias en los tribunales superiores de justicia de las distintas CCAA, sobre la aplicación e interpretación de distintos apartados del baremo, no sólo el de la experiencia, siendo, en algunos casos, sentencias contradictorias.

Para ANPE, en este momento, habría que abordar una reforma total del baremo del CGT, una vez hechas las modificaciones que la Sentencia del TS obligan, como pedimos en la mesa del Ministerio, para adaptar el baremo a la nueva realidad educativa, se unifiquen criterios para todas las comunidades y buscar un mejor reequilibrio y ponderación en la baremación de los distintos apartados.

 En definitiva, para buscar un modelo de Concurso General de Traslados lo más equilibrado y ponderado posible y, por supuesto, con normas de aplicación e interpretación del baremo comunes en todo el Estado.

Por otro lado, nos crea dudas jurídicas el realizar la convocatoria del CGT sin haberse publicado la modificación del RD 1364/2010 que lo regula a nivel nacional ni unas nuevas normas procedimentales, aunque haya que cumplir la sentencia.

CONSEJERIA: Entienden que con la sentencia no hay dudas jurídicas, aunque son consciente que lo ideal sería que estuviera publicado el RD, pero si esperan a la publicación no podría celebrarse el CGT

En el Baremo del cuerpo de inspección el apartado 1.3.1 no está modificado solo figura la experiencia como funcionario de carrera.

CONSEJERIA: La figura de inspector accidental no es equivalente a la de interinos por eso no se va a valorar.

ANPE, el sindicato de la Enseñanza Pública.

Docentes como tú.

6 de octubre de 2022

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