Fecha: |
19 de enero de 2024 |
Asistentes: |
Director General de RR.HH., Jefes de Servicio, ANPE, CCOO, CSIF, STE y UGT |
Temas tratados: |
Ratios 23/24; Plantillas; convocatoria Oposiciones Maestros; modificación Decreto Bachillerato; Ruegos y Preguntas |
1.- Aprobación de actas. Se aprueban por unanimidad.
2.- Borrador resolución por la que se establece la relación de alumnos y alumnas por aula para el curso 2024/2025.
CONSEJERÍA: Presentan la Resolución de las ratios máximas de alumnos por aula para el curso próximo y que marcará las plazas disponibles para el proceso de escolarización que comenzará en el mes de febrero. En cumplimiento del Acuerdo de Mejoras firmado por ANPE, UGT y la Consejería de Educación la ratio para la etapa de Infantil será de 22 alumnos/as por aula y 32 en Bachillerato. En el curso 2025/26 se iniciará la reducción progresiva de ratios a 22 alumnos/as por aula en Primaria.
Recuerdan que hace unos años estas ratios estaban en 30 alumnos/as en Infantil y 40 en Bachillerato. Resaltan la importancia de esta medida, pues esta reducción creará unidades jurídicas y, lo más importante, evitará muchísimas supresiones por la disminución tan agudizada de la natalidad.
ANPE:
Desde ANPE mostramos nuestra satisfacción de que se sigan cumpliendo las medidas y temporalización contempladas en el Acuerdo Global de mejoras que firmamos, cuyo primer bloque de medidas finaliza en el curso 2024/25.
Por otro lado, también nos preocupa con lo que respecta a la Formación Profesional, la norma reglamentaria básica para todo el Estado y que fija la ratio máxima en FP la encontramos en el RD 1147/2011, concretamente en su artículo 46.6, que la sitúa en 30 alumnos máximo y no los 35 que permite en nuestra región el Decreto 105/2012 en Castilla-La Mancha, contraviniendo una norma de rango superior.
El resto de enseñanzas que también vieron sus ratios máximas elevadas en un 20% con el citado Decreto 105/2012 en nuestra región, como son las enseñanzas de idiomas, de adultos, en sus modalidades presencial y a distancia, conservatorios, etc. Estas ratios también hay que rebajarlas y publicar un nuevo decreto de ratios y derogar el 105/2012.
También queremos volver a reivindicar el cómputo, a la hora de calcular las ratios máximas de alumnos por aula, como 3 alumnos por cada alumno escolarizado con medidas extraordinarias de inclusión educativa, una medida que también va incluida en las medidas complementarias del Acuerdo de Mejoras.
3.- Propuesta modificación plantillas para curso 2024/25.
CONSEJERÍA: Junto a la convocatoria de Mesa enviada solicitamos a los sindicatos el envío de las propuestas que no fueron atendidos.
ANPE:
Remitimos nuevamente a las peticiones a las instrucciones de plantillas de la última Mesa Sectorial. Consideramos necesaria la modificación de los criterios de creación de plantilla para generar una mayor estabilidad en el profesorado, de tal modo, que las plantillas orgánicas de los centros reflejen las necesidades reales y no presenten grandes diferencias entre las plantillas y cupos.
También consideramos imprescindible que se establezca la RPT del Conservatorio Superior de Música.
Desde ANPE nos hemos puesto en contacto con los centros de la región para que nos hicieran llegar sus propuestas de plantilla para el curso 2024/2025. Tras la recogida de propuestas y posterior estudio, se han trasladado a las reuniones de plantillas de las distintas provincias, y todas aquellas que no fueron aceptadas se elevaron esta semana a la Dirección General. Solicitamos contestación por escrito a cada una de las peticiones justificando, en su caso, el motivo por el que se desestima.
CONSEJERÍA: Tras el estudio de las propuestas recibidas, nos presentarán respuesta motivada de cada una de ellas.
4.- Borrador Resolución por la que se convoca concurso-oposición para ingreso al cuerpo de maestros y procedimiento selección de aspirantes a puestos de trabajo docente en régimen de interinidad.
CONSEJERÍA: Presenta el borrador de convocatoria de oposiciones al cuerpo de Maestros. Siendo conscientes de que se filtraría el documento, como se ha hecho otros años, eliminaron las sedes de celebración de las pruebas.
En primer lugar, destacan la oferta aprobada, 1133 plazas, la más alta del Cuerpo de Maestros en 15 años, gracias al Acuerdo de Mejoras firmado con ANPE y UGT, llegando al máximo de la tasa de reposición permitida, un 120%. Además, se han convocado más de 7.000 plazas desde 2016. Del Cuerpo de Maestros se ha renovado el 35% de la plantilla, a través de las amplias ofertas de empleo aprobadas.
Respecto al borrador presentado:
- No presenta grandes diferencias respecto al de las oposiciones de 2022.
- Las pruebas y su duración serán las mismas:
- PRUEBA 1: TEMA (40%) + SUPUESTO (60%)
- DOS TEMAS POR SORTEO A ELEGIR 1. DOS HORAS DE DURACIÓN.
- DOS SUPUESTOS A ELEGIR UNO. HORA Y MEDIA DE DURACIÓN.
- PRUEBA 2: PROGRAMACIÓN Y UNIDAD DIDÁCTICA
- Eliminatorios.
- 2/3 OPOSICIÓN + 1/3 CONCURSO
- PRUEBA 1: TEMA (40%) + SUPUESTO (60%)
- La convocatoria se publicará el próximo 30 de enero.
- Plazo de presentación de solicitudes: del 31 de enero al 19 de febrero.
- Las Localidades donde se celebrarán las pruebas:
- Albacete: Infantil.
- Ciudad Real: Primaria.
- Cuenca: Pedagogía Terapéutica y Francés.
- Guadalajara: Educación Física y Audición y Lenguaje.
- Toledo: Inglés y Música.
- La fecha probable de inicio de las pruebas: 22 de junio (aunque no es definitiva, depende del acuerdo al que lleguen con el resto de CCAA).
- Tasas:
- General: 41,79€
- Pago telemático: 37,61€
ANPE:
Antes de abordar este punto, ANPE quiere hacer constar que este concurso-oposición para el ingreso en el Cuerpo de Maestros con 1133 plazas es posible gracias al Acuerdo firmado por ANPE y UGT (Acuerdo que no firmaron CCOO, STE y CSIF). ANPE siempre ha manifestado que la única manera de crear empleo estable para el profesorado es por medio de las más amplias ofertas de empleo público.
Desde ANPE nos posicionamos a favor de esta oferta de empleo público y mostramos nuestra satisfacción puesto que se siguen cumpliendo las medidas contempladas en el Acuerdo firmado hace unos meses. En este caso ha sido el turno de las oposiciones al Cuerpo de Maestros para 2024, a las que le seguirán, según lo pactado en dicho Acuerdo, las siguientes ofertas de empleo público: de Enseñanzas Medias en 2025, Cuerpo de Maestros en 2026, Enseñanzas Medias en 2027 y Cuerpo de Maestros en 2028.
Por otra parte, entrando ya en el punto que se trata, borrador de la convocatoria, desde ANPE lamentamos que este borrador de convocatoria de oposiciones, “no cambia ni una coma” de la convocatoria de 2022 ni adapta su terminología a la actual ley educativa LOMLOE.
Se debe incluir la terminología del currículo LOMLOE (unidades de programación, competencias, saberes básicos, situaciones de aprendizaje,…). No es justificación que está redactada en base al RD 276/2007 (un real decreto muy mejorable en cuanto a la objetividad de las pruebas) pues otras CCAA han adaptado sus convocatorias a la nueva ley.
En primer lugar es fundamental constituir tribunales de todas las especialidades en todas las provincias. Esta medida reduciría la movilidad de los opositores evitando situaciones como el retraso de trenes de la última convocatoria de EEMM, que obligó a repetir la prueba días más tarde a los afectados, o el alto coste de los alojamientos que, a fecha de hoy, han triplicado y cuadruplicado sus precios para los últimos fines de semana de junio (fechas probables de comienzo de las pruebas).
Otro factor importante es que se incremente el número de tribunales en todas las especialidades convocadas para reducir al máximo el número de opositores por tribunal, para que califiquen a un máximo de 50 opositores presentados por tribunal.
Además, por la experiencia de otros años, es imprescindible buscar sedes adecuadamente climatizadas para la celebración de las pruebas, pues son cada vez más recurrentes las olas de calor en estas fechas. Pedimos que se solicite a la universidad la cesión de espacios con adecuada climatización para realizar las pruebas.
Pedimos que se nos facilite, con suficiente antelación, el Anexo III de Características de la parte B (práctica) de la primera prueba de la fase de oposición y características de la programación didáctica, para poder hacer aportaciones. Por ejemplo, a la duración de la prueba práctica, ya que la complejidad la misma y los recientes cambios normativos requiere más tiempo para su resolución. Pedimos que se incremente.
Además, desde ANPE pedimos:
- Que se publiquen lo antes posible los criterios de actuación, calificación y evaluación por parte de la comisión de selección.
- Determinar qué son causas sobrevenidas de fuerza mayor que conllevarían la realización de las pruebas en otra fecha (como ya ocurrió el año pasado con los retrasos de los trenes). Ya hay CCAA que lo hacen: embarazo, accidente sobrevenido,…
- Adaptaciones para la primera prueba (tema y caso práctico) para aquellos aspirantes que acrediten un trastorno de aprendizaje por dislexia (como ya ocurre en las universidades) o por causas médicas sobrevenidas como por ejemplo fracturas de brazo.
- Con respecto al baremo, que se compute a efectos de servicios prestados, los meses de julio y agosto, si hay nombramiento de al menos 5 meses y medio en un curso escolar. Castilla y León la hace.
- En relación a las titulaciones de idiomas, que se puntúe con 0,5 puntos por cada nivel avanzado del mismo idioma.
- En el punto 9.2 Requisitos específicos: “estar en posesión del título de Maestro/a o el título de Grado correspondiente”, que se concrete que también serán documentos aceptados “certificación académica personal en la que se haga constar que se han cursado y superado todas las asignaturas” o “el depósito de haber abonado las tasas correspondientes para la expedición del título”. Esta información solo se aclara en la parte del Baremo, pero queremos que también sea explicita en la parte de Requisitos.
- Respecto a la redacción, somos conscientes de que esta administración está haciendo un esfuerzo por publicar con un lenguaje más inclusivo, por ello, desde ANPE proponemos:
- En el apartado 3.1 del Baremo, que se modifique la redacción y en vez de “como ponente, director, coordinador o tutor, por cada crédito”, figure: “ponente, dirección, coordinación o tutoría…”
- Que en la redacción de la resolución se sustituyan las 102 veces que aparece “los aspirantes”, por “las personas aspirantes”.
- Formación inicial para los presidentes o presidentas de los distintos tribunales, especialmente para unificar criterios de actuación, evaluación y sobre todo de calificación de cada criterio de evaluación, para dar seguridad jurídica tanto a los opositores como a los tribunales de oposición.
- Respecto a las causas de exención para formar parte de los tribunales, punto 26.3, solicitamos que se incluya:
- A aquellos funcionarios que tengan a su cargo un familiar de primer grado con informe de dependencia.
- El incremento de la edad de los hijos menores de 3 años a hijos menores de 12 años, cuando ambos padres trabajen.
- Quienes estén desempeñando un cargo directivo (dirección, jefatura de estudios o secretaría).
- Pedimos la actualización de indemnizaciones y manutención para tribunales. Las cuantías son las mismas desde hace dos décadas años.
- Que se establezcan cauces ágiles, entre el opositor y los tribunales para interponer reclamaciones como las respuestas a las mismas de las distintas pruebas, por ejemplo, potenciando la plataforma digital (seguimiento personalizado) como herramienta de comunicación con el opositor.
- En el apartado 54, se ha reducido el plazo de presentación de documentación de los seleccionados de 10 a 5 días (respecto a la convocatoria de 2022), por lo tanto, pedimos que se mantenga el plazo y se aclare en esta Mesa que dicha documentación se podrá presentar en cualquier registro (por cualquiera de los medios señalados en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas) y que no será necesario hacerlo de manera presencial, tal y como han exigido alguna vez desde alguna Delegación Provincial.
- Que, en el caso de aspirantes que no puedan incorporarse a la realización de la fase de prácticas en la fecha señalada o que una vez iniciadas deban interrumpirlas por la circunstancia de enfermedad grave propia, se asemeje a la situación de estar disfrutando de los permisos de maternidad y lactancia, entendiendo que completan la fase de prácticas si acreditan al menos 3 meses de prácticas efectivas en el centro entre el 1 de septiembre y el 30 de junio del curso en el que fueron nombrados en prácticas.
- Que se puedan realizar peticiones de destinos diferenciadas para trabajar como funcionario interino o como funcionario en prácticas.
- Por último, para simplificar los trámites burocráticos pedimos que en este y los sucesivos procesos selectivos y procesos de renovación, tanto del cuerpo de Maestros como de EEMM, se verifique la documentación referente a titulaciones y expediente académico que presentan los opositores y se graben en PITIA cuando sean aportadas por primera vez y/o se actualicen cuando se utiliza la opción: “No, aporto de nuevo toda la documentación” para que aparezcan en su expediente de forma correcta, como información que ya posee la Administración.
CONSEJERÍA:
No es viable solicitar espacios de la Universidad porque los precios que solicitan por alquilarlas no es asumible. Procurarán adelantar la entrada y hora de la primera prueba y dotar de ventiladores donde sea necesario.
Sobre la terminología, no van a cambiarla en la convocatoria. Es algo que se debe aplicar por la nueva Ley, pero ya expresa la convocatoria que se aplica el currículo del curso 2023-2024. Han replicado lo que contempla literalmente el RD 276/2007.
Van a intentar publicar la designación de tribunales no más tarde del 18-20 de mayo, y adelantar lo que puedan los criterios de calificación. No pueden constituir tribunales en todas las provincias porque tendrían serios problemas para constituirlos, de hecho ya los tienen con la actual organización.
La ratio de opositores de tribunal será menor de 100 aspirantes, siendo aún menor en la especialidad de Música. Cerca de un 30% de solicitudes de aspirantes no se presentan finalmente.
5.- Proyecto de Decreto que modifica el Decreto 83/2022 por el que se establece la ordenación y el currículo de Bachillerato en CLM.
CONSEJERÍA: En el tiempo transcurrido desde la entrada en vigor del Decreto 83/2022, se considera oportuna la modificación del mismo para incluir una nueva materia optativa, “Unión Europea”, adecuando su currículo al contexto europeo y para solucionar determinadas imprecisiones terminológicas y conceptuales en su redacción. Además, busca dar máxima libertad y seguridad jurídica a los centros.
Sobre el borrador enviado, incluye una modificación de la redacción del artículo 15.3.c)
En la práctica, sin cupo de profesorado no es real lo que plasma la flexibilidad de elección para el alumnado que arroja el Decreto.
Preguntamos quién asumirá las nuevas materias y qué proceso hay que seguir para la autorización de las materias optativas definidas por los centros (artículo 15.d).
CONSEJERÍA: No se puede hacer la distinción de materias optativas propias de la comunidad porque, de acuerdo al reparto de competencias dispuesto en la LOMLOE, el bloque de optativas, por definición, es íntegramente competencia de las administraciones educativas autonómicas.
La intención no es eliminar optativas, sino que todas ellas están incluidas en el listado de materias propias de una modalidad distinta a la que el alumno está cursando, siendo materias susceptibles de ser impartidas como optativas en una modalidad distinta de Bachillerato, si así lo dispone el centro.
El planteamiento de este borrador es el mismo que se proponía en el Decreto anterior, pero sin limitar la propuesta de materias a modalidades concretas.
Entienden que la redacción puede generar confusión, por lo que han modificado la redacción para que se entienda con total claridad que el alumnado podrá elegir como materia optativa cualquier materia propia de una modalidad distinta a la que cursa, consiguiendo así la máxima flexibilidad en la elección.
No pueden decir quién va a asumir las nuevas materias, porque también se tiene que modificar el Decreto de ESO. En esa modificación se determinará.
Están trabajando en una Orden para regular el proceso de autorización de las materias optativas definidas por los centros.
ANPE:
Agradecemos el cambio de redacción, pues clarifica y mejora la del primer borrador. Pese a ello, el hecho de que no figuren expresamente varias optativas (aunque no fueran prescriptivas ni de obligada oferta) puede generar que dejen de ofertarse perjudicando aún más a materias (y su profesorado) muy castigadas. Pedimos que se realicen unas instrucciones aclarando este cambio de redacción y que, en ningún caso, afectará a las materias optativas que se venían ofertando en los centros.
6.- Ruegos y preguntas.
RUEGOS
- Recuperación de la reducción horaria retribuida para personas mayores de 55 años.
- Regulación de los criterios para autorización de comisiones de servicio para el Cuerpo de Inspectores de Educación.
- Mejora de la regulación de las causas de renuncia, no disponibilidad y no aceptación de puestos y sustituciones para Inspectores accidentales, así como de las consecuencias de la no aceptación de puestos disponibles.
- Permitir matrícula física en prescripción y procesos posteriores a matrículas en EOI, no sólo telemáticamente.
- Incluir también la posibilidad de consultar su nota en “Seguimiento Personalizado”, no solo en PITIA.
- Modificar los criterios de creación de plazas de cupo, teniendo en cuenta también los dictámenes del alumnado.
- Que a partir de esta convocatoria de oposiciones de 2024 se publique en el portal de Educación, una vez realizadas las pruebas, los enunciados de los supuestos prácticos de la primera prueba de cada especialidad, tal y como hacen otras comunidades, por ejemplo, como Madrid.
- Que los programas Prepara-T + y Titula-S + integrados en el VI Plan de Éxito Educativo y Prevención del Abandono Escolar Temprano y el refuerzo de la Red de apoyo para el alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo (Plan de Éxito Educativo +) únicamente se ofrezcan a los Centros públicos, ya que son los que tienen más alumnado y necesitan recursos de profesorado y ATE. La Orden 191/2023, de 27 de noviembre, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes (DOCM 29 de noviembre de 2023) supone una pérdida de recursos en Atención a la Diversidad e Inclusión en los Centros Públicos para dárselos a los centros privados concertados.
- Pedimos que se tenga en cuenta el Decreto de inclusión en Castilla La Mancha, que se considere la realidad de los centros educativos teniendo en cuenta al alumnado y la diversidad del aula y no el número de unidades, dotando de recursos personales de PT, AL, Orientadores, PSC, ATE y enfermera escolar y bajando las ratios según cada realidad para que la inclusión sea efectiva.
- Solicitamos la modificación de las instrucciones de plantillas para que se incluya un AL ordinario en todos los centros que tengan 9 unidades jurídicas o más.
- Modificar la normativa para crear más plazas de orientación en centros con elevado número de alumnado, donde un solo orientador/a no cubre las necesidades.
- Exigimos la creación de nuevos centros, con carácter de urgencia, en:
- CEIP e IES en Ocaña (Toledo)
- CEIP en Chozas de Canales, ya que el Ayuntamiento está dispuesto a ceder los terrenos que están al lado del actual colegio. Es un centro de línea 2 y están en línea 3 en todos los niveles y en 2º de primaria hay 4 grupos. El centro está desbordado en cuanto al número de matrícula y de espacios. No se cumple la normativa en cuanto a metros por aula, ni aseos en infantil, ni espacios comunes para alumnado. El profesorado no cuenta con espacio para sala de profesores.
- CEIP en el Viso de San Juan (Toledo).
- Ampliación del IES Antonio Jiménez Landi de Méntrida (Toledo).
- Convocar la comisión de seguimiento del Acuerdo de Mejoras para abordar la implantación de las medidas pendientes.
RUEGOS respecto al Acuerdo de Itinerancias:
- El Acuerdo de Itinerancias recoge, en su apartado 3.7. que “Los docentes itinerantes que les corresponda compensación horaria lectiva semanal, podrán acogerse, de forma voluntaria, a las siguientes opciones:” estableciéndose 3 opciones siendo una de ellas la opción b) “No hacer uso del derecho a tal reducción horaria. En este caso, tendrá derecho a percibir un pago económico”, añadiendo en ese mismo apartado que “Las opciones b) o c) podrán ser solicitadas por el interesado antes del uno de octubre del curso en el que se realiza la itinerancia”. El propio Acuerdo de Itinerancias establece que será el docente el que se acoja de forma voluntaria a cualquiera de las opciones recogidas, no estando sujeta a autorización previa la opción elegida, salvo las opciones a) y c), que, de oficio, con negociación previa con la Junta de Personal, pueden cambiarse por la Administración educativa por la opción b).
Debido a que varios centros no tienen claro esto, y en alguna dirección provincial tampoco, desde ANPE, pedimos a la Consejería de Educación que mande instrucciones claras y precisas a las direcciones de los centros educativos de la región, puesto que es la dirección del centro el órgano competente para aprobar los horarios, y a los servicios de inspección provinciales, que son los encargados de supervisarlos, para que, por un lado, en sucesivos cursos escolares ante la solicitud de un docente itinerante, realizada antes del 1 de octubre, en la que opte por el pago económico establecido en el Acuerdo de Itinerancias y no por acogerse a la reducción horaria, se tenga en cuenta su solicitud de manera inmediata al realizar los horarios y que, por otro lado, aquellos docentes que lo solicitaron este curso, en el plazo establecido, se les ofrezca ahora, en una plazo razonable, si voluntariamente quieren renunciar a la reducción horaria que tienen actualmente en su horario a cambio del pago económico establecido en el Acuerdo de Itinerancias que solicitaron en su momento.
- En el acuerdo de itinerancias se recoge en su apartado 2.1 que “En el profesorado con la condición de itinerante pueden darse cuatro situaciones: a) Docentes que, aun desarrollando su horario semanal en varios centros de distinta localidad o secciones de un CRA, cada uno de los días de la semana desarrollan su jornada completa en un mismo centro o sección de CRA, por lo que no realizan desplazamiento alguno entre localidades durante su jornada de trabajo, ya que se desplazan directamente a la localidad que le corresponda diariamente y cumplen toda su jornada en la misma. En este caso, les corresponderá la compensación económica por los kilómetros realizados, así como la reducción horaria que se establece en el apartado 3.4 del presente Acuerdo de itinerancias, considerando los trayectos efectivamente realizados, desde el centro de cabecera hasta los centros o secciones a los que se desplaza.”
Desde ANPE queremos comunicar formalmente a la Consejería de Educación y por eso pedimos que conste en el Acta de esta reunión, que, desde el servicio de inspección de Guadalajara se ha instado a algunos centros a aprobar horarios de docentes itinerantes que se encuentran en la situación a) recogida en el apartado 2.1 del Acuerdo de Itinerancias, teniendo en cuenta los trayectos realizados no desde la cabecera, sino desde otra localidad del CRA, incumpliendo dicho Acuerdo y, por tanto, la legalidad vigente en nuestra región. Es por ello que, desde ANPE, pedimos a la Consejería de Educación que realice las actuaciones que crea oportunas para revertir dicha situación de manera inmediata y así evitar la judicialización de los horarios de los docentes afectados.
- Desde ANPE pedimos a la Consejería de Educación que aclare, de manera urgente, al servicio de inspección de Guadalajara cual es la normativa que, en materia de jornada de trabajo se aplica a los docentes de nuestra comunidad autónoma, en este caso a los docentes interinos. Desde el servicio de inspección educativa de Guadalajara se instó a un centro a modificar el horario aprobado a una docente porque, según se argumentaba desde dicho servicio de inspección, no se podía acumular la reducción horaria en una única jornada de trabajo, no teniendo que acudir la docente al centro en un día completo, siendo obligatoria la presencia de los docentes todos los días de la semana., a pesar de que el Acuerdo de Itinerancias recoge textualmente, en su apartado 3.9 que “Las reducciones horarias se aplicarán preferentemente al principio o al final de jornada, pudiendo acumularse en días completos.” Por ello, pedimos a la Consejería de Educación que, además de realizar la aclaración normativa al servicio de inspección de Guadalajara, cuya función es la de supervisar los horarios basándose en esa normativa en vigor, se envíe, a su vez, un correo a los centros de Guadalajara dándoles la posibilidad de volver a los horarios inicialmente aprobados por la dirección del centro en base a criterios pedagógicos, a la eficacia en la intentando realizar los mínimos desplazamientos y priorizando la adecuada atención al alumnado pero modificados, a instancias del servicio de inspección, por ser supervisados en base a una normativa errónea y que no es de aplicación al personal docente de nuestra región.
PREGUNTAS:
- ¿Qué criterios se siguen o han seguido para autorizar o no la salida en comisión de servicios a otras CCAA a los Inspectores de Educación?
- ¿Cuántas plazas han quedado sin cubrir de los procesos de Concurso de méritos y del concurso-oposición de estabilización y por qué motivos?
- ¿Se va a publicar en el BOE el nombramiento de los docentes que se han integrado en Secundaria?, o ¿cuál será el procedimiento de la administración para certificar esta nueva circunstancia?
- Pedimos información acerca del proceso de adaptación de los ciclos formativos (LOGSE/LOE) a la nueva normativa. ¿hay grupos de trabajo? ¿Cuántos se han adaptado? ¿Fechas previstas para terminar?
ANPE, el Sindicato de Docentes de Enseñanza Pública.
19 de enero de 2024.