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Asistentes: Director General de RR.HH., Jefes del Servicio, Servicio de inspección, ANPE, STE, CCOO, CSIF y UGT - Temas tratados: Sorteo designación de los vocales de los tribunales de oposición, Borradores decretos de FP., Evaluación interna centros educativos, Evaluación personal funcionario docente, Modificación Resolución 30/09/2022 convocatoria grupos de trabajo, seminarios etc.
1º Sorteo numérico para la designación de los vocales de los tribunales de los procesos selectivos del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria y del Cuerpo de Profesores Especialistas en sectores singulares de formación profesional.
La designación de los vocales para formar los tribunales de las oposiciones comenzará por el número 60 que corresponde a ALACHE SANCHEZ- MIGALLON, NURIA.
2º Borradores de Decretos de Formación profesional.
CONSEJERÍA: se han elaborado estos 6 proyectos de Decretos por los que se establece el currículo de:
- Curso de especialización de Grado Superior en Auditoría Energética.
- Curso de especialización de Grado Superior en Aeronaves pilotadas de forma remota-drones.
- Curso de especialización en instalaciones y mantenimiento de sistemas conectados a internet (loT).
- Curso de especialización de Grado Superior en Robótica Colaborativa.
- Título de Técnico en Mantenimiento de Material Rodante Ferroviario.
- Título de Técnico superior en Caracterización y Maquillaje Profesional.
Se ha contado para la elaboración de estos borradores con el profesorado de cada una de las especialidades
Ayer se publicó el calendario de aplicación de la Ley de F.P y tenemos dudas en la publicación de esta normativa que en breve sufrirá cambios.
ANPE: Nos parece bien que, aunque no esté desarrollada la ley de Formación profesional que se publique estos Decretos para que puedan ofertarse de cara al curso que viene, que supondría más profesorado y que se haya contado con el profesorado especialista.
Queremos conocer como se prevé la aplicación de los distintos cambios derivados de la Ley de F.P.
3º Borrador de Orden de Evaluación interna de centros.
CONSEJERÍA: Presenta el borrador de la orden por la que se regula la evaluación interna de los centros sostenidos con los fondos públicos. Se ha actualizado la Orden que es del 06 de marzo de 2003.
Esta orden se ha tenido que adaptar por varios factores como la implantación de la nueva ley orgánica e intentar reducir la burocracia, dando autonomía a los centros.
Se publicará en breve pero entrará en vigor de cara al curso que viene.
ANPE: considera positivo que con esta nueva Orden se pretenda respetar la autonomía de los centros educativos, pero reivindica que no suponga una carga burocrática para el equipo directivo y el profesorado; por lo que exige que se concreten las acciones formativas que se han planificado, en esta materia, y que se faciliten guías de evaluación interna de centros que simplifiquen el trabajo a desarrollar en este ámbito de la evaluación.
La Consejería contesta que prepara una línea de formación para el profesorado, publicará una guía orientativa de evaluación interna y desarrollará una plataforma vinculada a Delphos, en la que puedan seleccionarse las dimensiones e indicadores de evaluación
4º Borrador de Orden sobre evaluación del personal funcionario docente no universitario de Castilla-La Mancha
CONSEJERÍA: Plantea una nueva orden sobre la evaluación del personal funcionario docente no universitario de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha sustituye a la anterior Resolución de 5-12-2018.
ANPE: Desde el sindicato se entiende la necesidad de dar respuesta a la normativa básica estatal que señala que las Administraciones elaboraran planes para la evaluación de la función docente, pero considera que el procedimiento establecido, por la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, traslada incertidumbres al profesorado, limita sus garantías y derechos frente a la regulación anterior y mantiene, de manera innecesaria, la burocracia que ANPE exige reducir.
Este modelo no garantiza que el profesorado que voluntariamente solicite la evaluación de su práctica docente vea resuelta su solicitud, antes de que finalice el curso académico (a fecha de 30 de junio), lo que supone un agravio comparativo entre solicitantes, afectando al principio de igualdad en los procedimientos de concurrencia competitiva y de carrera profesional.
El procedimiento diseñado por la Consejería de Educación, tampoco garantiza derechos básicos del profesorado, reconocidos en la Ley de Procedimiento Administrativo. No se establecen plazos máximos, ni trámites, de resolución de procedimientos que suponen actos desfavorables para los funcionarios docentes, tales como las evaluaciones de oficio o la revocación del nombramiento de directores. También se elimina el derecho (que recogía la normativa anterior) de reclamar la evaluación de la práctica docente ante la Jefatura del Servicio de Inspección y no se recoge la existencia de un trámite de audiencia a los docentes antes de resolver el Delegado Provincial de Educación, Cultura y Deportes.
A su vez, establece la posibilidad de que la evaluación de la competencia profesional docente, iniciada de oficio por la Administración, pueda ser utilizada “para su incorporación a procedimientos administrativos distintos” de los propios de la carrera profesional, sin especificar los mismos. Lo que supone implícitamente la posibilidad de utilizar este procedimiento de evaluación, como un procedimiento de control de la actividad de los funcionarios docentes, yendo más allá de los fines de la evaluación.
La nueva orden no da respuesta a la novedad, introducida por la LOMLOE, en la Disposición adicional cuadragésima octava de la LOE, que plantea la posibilidad de cambio de funciones del personal docente en los supuestos de evaluación negativa de la inspección educativa, señalando exclusivamente la posibilidad (en el caso de evaluaciones voluntarias a solicitud del profesorado, con resultado negativo) de apertura de un procedimiento disciplinario por falta de rendimiento.
Se penaliza también al personal interino que sea evaluado, de forma negativa, en el ejercicio de la dirección de los centros educativos, señalando, implícitamente, la posibilidad de ser excluidos de las bolsas de trabajo, por falta de competencia funcional. Desde el sindicato ANPE se considera un exceso de la Administración poder utilizar el ejercicio de la dirección por parte de un funcionario interino que viene obligado a ejercer esta función, como una labor que puede suponer falta de competencia funcional para el ejercicio de las tareas docentes.
Por último y con el objetivo de reducir la burocracia, ANPE exige que no sea una obligación de los directores y directoras de centros públicos de nuestra región disponer de un portfolio, para registrar documentación, al tener acceso directo la Inspección a la documentación administrativa, pedagógica y económica que se genera en el centro educativo.
ANPE exige la retirada de todos los aspectos lesivos que han sido señalados, y que atentan contra los derechos de los funcionarios docentes del Borrador de la Orden sobre la evaluación del personal funcionario docente no universitario de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha; así como la eliminación de la burocracia que afecta a la eficacia del trabajo de los directores y directoras de nuestra región.
5º Borrador de la Resolución por la que se modifica la Resolución de 30/09/2022, de la Viceconsejería de Educación, por la que se establece la convocatoria de grupos de trabajo, seminarios y cursos de formación en centros para el curso 2022-2023 en centros docentes no universitarios sostenidos con fondos públicos de la comunidad autónoma de CLM, dentro del Plan de Formación Permanente del profesorado.
Se modifica el apartado quinto con respecto a los grupos de trabajo de Transformación Digital y se añade que con carácter excepcional, se podrán desarrollar a partir del día siguiente de la publicación de la resolución definitiva y hasta el 15 de junio de 2023.
ANPE, el sindicato de la Enseñanza Pública.
Docentes como tú.
13 de abril de 2023.