LO PÚBLICO PIERDE PRESENCIA EN LA MODIFICACIÓN DEL CONCURSO GENERAL DE TRASLADOS ESTATAL PARA EL PROFESORADO NO UNIVERSITARIO
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- La negociación en Mesa Sectorial del Personal Docente no Universitario se complica por las propuestas del Ministerio de equiparar las enseñanzas privadas de los idiomas a las Escuelas Oficiales púbicas y por retirar la limitación de máster a baremar procedentes –en su mayor parte- de universidades privadas con poco rigor académico.
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- La gran mayoría de cambios son obligados por sentencias judiciales, como la del personal interino o por acomodamiento al desarrollo curricular de la LOMLOE, como en el caso de la creación de nuevos cuerpos de Formación Profesional.
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- STEs-i reivindica una mayor claridad normativa para que la interpretación del RD 1364/2010 no desemboque en miles y miles de reclamaciones que las y los docentes interponen cada concurso.
Mesa sectorial del 4 de abril de 2024
Previo al inicio de la mesa sectorial se presentan los cambios que se han producido dentro del ministerio. El cargo de Subsecretario de Estado lo asume Santiago A. Roura Gómez y como Secretaria General Técnica es Laura Manzano Palomo.
Todas las Organizaciones criticamos la falta de convocatorias de reuniones por parte del Ministerio y la necesidad de una auténtica negociación, donde los documentos lleguen con el tiempo suficiente para su análisis y que se negocie de verdad, con debates y aportaciones entre todas las organizaciones. También reivindicamos que se establezca un calendario real de negociación.
El tema principal que se trataba en la Mesa de Negociación del Personal Docente No Universitario era la modificación del Real Decreto 1364/2010, de 29 de octubre, por el que se regula el concurso de traslados de ámbito estatal entre personal funcionario de los cuerpos docentes contemplados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación y otros procedimientos de provisión de plazas a cubrir por los mismos. Dicho concurso se realiza con carácter bienal ya que el cuerpo de docentes es estatal y todos las CC.AA. debe regirse por el mismo baremo cada dos años, en su concurso territorial sí que pueden incluir modificaciones.
CAMBIOS A GRANDES RASGOS (se detalla en profundidad en los anexos).
La modificación se debe, por un lado a la misma concreción y desarrollo de la LOMLOE, exigida por la creación de nuevos cuerpos en FP, a una misma especialidad pueden concurrir desde el Cuerpo Secundaria, PTFP a extinguir y Sectores Singulares. El “arrastre” de la antigüedad implica modificaciones y matices.
Por otro lado se plantea el alza de la antigüedad en el centro por el supuesto beneficio de la permanencia/continuidad del profesorado en la calidad de la educación, pensando en el alumnado -es la justificación políticamente correcta-, aunque todo apunta a una compensación por la situación creada al unirse los procesos de estabilización con la sentencia del personal interino a los efectos del cómputo de toda su antigüedad y la presión ejercida por los colectivos perjudicados, que ha sido muy activa. Los cambios más relevantes son:
– 1.1.1 Antigüedad en el centro. 1er y 2º año (4 puntos en lugar de 2); 3er año (6 puntos en lugar de 4); a partir del 4º año (8 en lugar de 6).
– 1.1.2 Provisionales –sin destino-. 4 puntos en lugar de 2.
– 1.1.3 Difícil desempeño. No se dan más puntos pero se concreta: sí al “efecto mochila”, en el argot significa la acumulación de los méritos, pero se añade que cuando el profesorado cambia de destino “quema los puntos”, es decir, pierde los anteriores una vez cambia de destino. Se trate de armonizar el criterio en todos los territorios, ya que estos los aplican de manera diferente aunque la puntuación alcanzada es estatal para las y los aspirantes.
La antigüedad en el cuerpo (por sentencias), como profesorado interino, aunque ya se viene aplicando, ahora se concreta en apartados concretos dentro del criterio para los desplazamientos en los supuestos de falta de horario lectivo, tan habituales ahora con la crisis demográfica.
Se ha optado por otorgar 1 punto más –hasta 6- la baremación título de Doctor, pero el problema ha llegado cuando STEs-i ha puesto encima de la mesa que la valoración (por sentencia) de los certificados de conocimientos de lenguas extranjeras expedidos por entidades acreditadas -distintas a las EOI- con la misma puntuación, pero apartado distintos que éstas (C2= 4ptos.; C1= 3ptos; B2=2 ptos.; B1= 1pto.). En realidad, supone la crónica de una muerte anunciada de las Escuelas Oficiales de Idiomas, precisamente por ser una enseñanza pública, exigente, de calidad, donde no se regalan los títulos. En el mismo caso situamos la eliminación de la limitación a baremar solo 1 título de máster distinto al exigido siempre que tenga 60 créditos como mínimo, que como todo el mundo sabe se “venden al peso” en universidades privadas con muy poco rigor académico y predominantes presencia virtual.
Todas las Organizaciones sindicales insistimos en la necesidad de un calendario de negociación y la necesidad de negociar un estatuto docente.
Finalmente, STEs-i ha reivindicado una mayor claridad normativa para que la interpretación del RD 1364/2010 no desemboque en miles y miles de reclamaciones que las y los docentes interponen cada concurso.
Desdes STEs-i incidimos en la necesidad de actualizar el 276 y actualizarlo a la normativa actual. Que los RD de enseñanzas mínimas y de FP aún no han pasado por mesa y que estamos observando la tendencia a la privatización de la FP de manera alarmante.
Preguntamos si el Ministerio tiene previsto lo que va a pasar con el profesorado interino que lleve más de 3 años en esta condición cuando se acabe el proceso de estabilización en diciembre de 2024.
Y por último, preguntamos si los títulos conseguidos en las EOI son reconocidos en el marco europeo de las lenguas como títulos homologados.