Esta mañana se publicarán las listas provisionales de aspirantes seleccionados/as correspondientes a las Oposiciones de EEMM 2023 en Castilla-La Mancha:
¿QUÉ DOCUMENTACIÓN PRESENTAR EN CASO DE SACAR PLAZA?
– Presentación de documentos para los/as seleccionados/as: 5 días hábiles tras la publicación de las listas de aspirantes que ha superado el concurso oposición.
- Original del título alegado para participar o certificación académica que acredite haber realizado todos los estudios para la obtención del título.
- Declaración jurada de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna Administración Pública, de no hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, ni ser funcionario/a de carrera o en prácticas o estar pendiente de nombramiento como funcionario de carrera del Cuerpo al que se opta.
- Certificación negativa del registro central de delincuentes sexuales (quienes hayan autorizado a la Administración a recabarla de oficio en la solicitud, no tendrán que presentarla).
- La Administración podrá requerir al interesado que aporte los originales y de los méritos para cotejarlos con la documentación presentada.
– Si se aprueba en dos CCAA se dispone de 10 días hábiles para optar por una de ellas.
- En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 10.1 f) del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, los aspirantes que superen las fases de oposición y concurso para el ingreso en el Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria o en el Cuerpo de Profesores Especialistas en sectores singulares de Formación Profesional en convocatorias correspondientes a distintas administraciones educativas, incluida la de Castilla-La Mancha, deberán, en el plazo de 10 días hábiles contados a partir de la publicación de las listas de aprobados, optar por una de ellas mediante escrito dirigido a la Dirección General de Recursos Humanos y Planificación Educativa de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, renunciando a todos los derechos que pudieran corresponderles por su participación en las restantes. De no realizar esta opción, la aceptación del primer nombramiento como funcionario en prácticas se entenderá como renuncia tácita a los restantes.
- La renuncia de aspirantes seleccionados a los derechos derivados del concurso-oposición, implicará la selección de los siguientes aspirantes que correspondan según el orden determinado por la calificación final obtenida en el proceso selectivo.