Plazas del Plan de Éxito Educativo: no se están adjudicando a funcionarios/as de carrera en detrimento de personal interino

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En las últimas fechas, se ha podido escuchar que las plazas del Plan de Éxito Educativo se estaban reservando para el funcionariado de carrera, en detrimento del personal interino.

Desde la Dirección General de Recursos Humanos, se ha aclarado en mesa sectorial lo siguiente:

  • Es falso que esas plazas se estén adjudicando a funcionariado en prácticas o concursillo, como ha denunciado alguna otra organización sindical.
  • Desplazados/as: En aquellos centros donde había dos medias jornadas (media jornada ordinaria y media correspondiente al Plan de éxito) y podía salir una persona funcionaria de carrera desplazada, se ha mantenido a estos docentes, puesto que hay normativa básica que dice que un funcionario/a de carrera siempre tendrá mayor prioridad que un funcionario/a interino/a.

Además, desde UGT queremos recalcar lo siguiente: es cierto que la Resolución de 05 de octubre de 2023 por la que se regula el VI Plan de Éxito Educativo y Prevención del Abandono Educativo Temprano, establece que en los cursos académicos 2024-2025, 2025-2026 y 2026-2027, la dotación del efectivo de maestro o maestra se llevará a cabo mediante la adjudicación ordinaria de interinos. Sin embargo, el Real Decreto Legislativo 5/2015 que regula el Estatuto Básico del Empleado Público, establece en su art. 10.1.a) que el personal interino cubrirá “plazas vacantes, cuando no sea posible su cobertura por funcionarios de carrera, por un máximo de tres años”. Además, el RD 1364/2010, recoge la posibilidad de desplazamientos de personal funcionario de carrera en casos de “insuficiencia total de horario”. Por tanto, no se puede desplazar a estos docentes para cubrir estas plazas con personal interino, dado que el cumplimiento de la resolución autonómica no puede en ningún caso suponer el incumplimiento de estas normativas de rango superior.

En cualquier caso, esto tampoco afecta al número de plazas a cubrir por personal interino, pues si se desplazara a esa o ese docente de su centro, dejando libre la del centro que se desplaza, ocuparía una plaza completa vacante en otro centro, que no podría ser ahora ocupada por personal interino. Por tanto, lo que cambiaría serían los destinos concretos, pero no el número de plazas a adjudicar.

https://educacion.fespugtclm.es/storage/PLANEXITO.jpghttps://educacion.fespugtclm.es/storage/PLANEXITO-150x150.jpg2024-07-31T16:54:09+01:00UGT EnseñanzaCómo se adjudican las VACANTESINTERINOSÚLTIMAS NOTICIAS: E. PÚBLICAÚnete a nuestros canales informativos:     Telegram     Whatsapp En las últimas fechas, se ha podido escuchar que las plazas del Plan de Éxito Educativo se estaban reservando para el funcionariado de carrera, en detrimento del personal interino. Desde la Dirección General de Recursos Humanos, se ha aclarado en mesa sectorial lo siguiente: ...Sector Enseñanza de UGT Servicios Públicos Castilla-La Macha

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