Publicada la Orden 204/2024 por la que se regulan aspectos de la FP Dual en centros que imparten Grados D y E

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Publicada la Orden 204/2024, de 2 de diciembre, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se regulan determinados aspectos sobre la organización y desarrollo del sistema de Formación Profesional de carácter dual en la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha, para los centros educativos que impartan ofertas de Formación Profesional de Grados D y E.

Se definen entre otras cuestiones:

  • Aspectos generales
  • Características del Sistema de Formación Profesional
  • Periodo de formación en empresas.
  • Órganos de coordinación
    • Tutoría: se establecen las siguientes horas para tutores y tutoras duales a partir del curso 25/26 (UGT está totalmente en contra de esta reducción por considerarla claramente insuficiente):
      • Para el desarrollo de sus funciones, a todos los tutores y tutoras duales, a partir del curso escolar 2025/2026, se le asignarán, al menos, los siguientes periodos semanales, desde inicio de curso:
        • Tutores y tutoras de primer curso: Un periodo lectivo y de dos a tres periodos complementarios.
        • Tutores y tutoras de segundo curso (y tercero en su caso):
          • Un periodo lectivo en el caso de grupos con un número igual o inferior a 9 alumnos o alumnas.
          • Dos periodos lectivos en el caso de grupos con un número de entre 10 y 20 alumnos o alumnas.
          • Tres periodos lectivos en el caso de grupos con un número superior a 20 alumnos o alumnas.
          • A los periodos anteriores se les sumarán, en cada caso, de dos a tres periodos complementarios, todo ello, sin perjuicio que pudieran asignarse periodos adicionales a los aquí indicados.
          • Para la misma finalidad, los tutores y tutoras duales dispondrán, de forma íntegra, de los periodos que carezca de actividad lectiva porque el alumnado se encuentre realizando el periodo de formación en empresa.
  • Coordinaciones.
    • Nuevos órganos de coordinación
      • Coordinación de innovación e investigación aplicada
      • Coordinación de emprendimiento y orientación profesional
      • Coordinación de internacionalización
      • Coordinación de relaciones con empresas.
        • El personal docente nombrado como responsable de cada órgano de coordinación, dispondrá de una dedicación horaria de dos periodos lectivos semanales para el desarrollo de sus funciones. Una misma persona podrá desempeñar varias coordinaciones, cuando concurran causas que así lo justifiquen, como la no disponibilidad de efectivos necesarios para realizar las funciones de coordinación. En estos casos, las personas designadas dispondrán de un máximo de cinco periodos lectivos semanales para el desarrollo de sus funciones. Desde UGT mostramos nuestra oposición a que una persona pueda acumular más de dos coordinaciones, ya que esto supondría perder horas lectivas de dedicación.
  • Compensaciones económicas, incluyendo compensación al profesorado por gastos relacionados con la realización de actividades de planificación, coordinación y seguimiento.
  • Actividades formativas remuneradas
  • Seguridad Social
  • Finalización de las enseñanzas iniciadas con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo.
  • Enseñanzas reguladas por la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo.
  • Finalización de los Proyectos de Formación Profesional Dual iniciados con anterioridad al curso escolar 2024/2025
  • Centros privados sostenidos con fondos públicos
  • Centros privados no sostenidos con fondos públicos
  • Centros de excelencia de formación profesional.
  • Sello “Entidad colaboradora de Formación Profesional Dual”.

Con esta Orden, quedan derogadas:

  • La Orden de 25/05/2016, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se establecen las características que deben reunir los proyectos de Formación Profesional dual a desarrollar por los centros educativos de Castilla-La Mancha, que impartan enseñanzas de Formación Profesional del sistema educativo, y se convoca el procedimiento de autorización de los proyectos de Formación Profesional dual a iniciar en el curso académico 2016/2017.
  • La Orden de 15/12/2016, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se establece y regula la gratificación extraordinaria para el personal docente designado como tutores de proyectos de Formación Profesional dual. Desde UGT pedimos que se retribuya la función tutorial, como marca la LOE.

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