Se han publicado hoy en el BOE los nuevos Reales Decretos que modifican los RD sobre los cursos de especialización y los títulos de Grado Básico, Medio y Superior.
Desde UGT reclamamos a la Consejería máxima celeridad para abordar cuestiones fundamentales para la aplicación con garantías de la nueva normativa, incluyendo el reconocimiento de los nuevos cargos y de las correspondientes horas lectivas para poder realizar las funciones que se les encomienda. Nuestra propuesta sería la siguiente:
- Un mínimo de 4 horas lectivas para los tutores de FP Dual y que se regule en qué casos podrá haber más de un tutor o tutora para cada grupo
- Un mínimo de 2 horas lectivas para la persona coordinadora o responsable de innovación profesional.
- Un mínimo de 2 horas lectivas para la persona coordinadora o responsable de internacionalización de FP.
- Un mínimo de 2 horas lectivas para la persona coordinadora o responsable del servicio de orientación profesional, emprendimiento y el procedimiento de acreditación de competencias profesionales en el centro.
• Regulación de horas lectivas para las tutorías individuales del proyecto intermodular, que recoge el art 41 de la Ley de FP.
Recordamos también la importancia de valorar la participación en proyectos de innovación dentro de la jornada ordinaria.
Entendemos que todas estas cuestiones deben estar clarificadas a la mayor brevedad, pues existe incertidumbre en los centros y el profesorado, y son aspectos que influyen directamente en la configuración de los cupos de profesorado de los centros, que se negociarán durante los meses de junio y julio, y afectarán a todos los procesos de adjudicación de funcionariado que se producen en verano, tanto de personal funcionario de carrera como interino. Todas estas adjudicaciones además deberían anticiparse lo máximo posible, pues en ocasiones hay profesorado que es adjudicado en plazas en las que tienen que impartir diversos módulos cuya impartición exige un gran trabajo previo, y es un evidente problema para la calidad de la enseñanza que se les adjudique sin disponer de un periodo de tiempo razonable previo al inicio de sus actividades lectivas.
Al mismo tiempo, recordamos que siguen quedando pendientes flecos por resolver de manera urgente, con respecto a la FP, como son:
• Nombramiento como funcionarios de subgrupo A1 al personal docente interino de todas las especialidades de FP integradas en el cuerpo de Secundaria, y que se haga con carácter retroactivo al 1 de septiembre de 2023.
• Posibilidad de integración de personal interino y jubilado del antiguo cuerpo de Profesores Técnicos de FP con la misma fecha de efectos que se integró el personal funcionario de carrera.
• Complemento salarial para los docentes que quedan en el cuerpo a extinguir de PTFP, para equipar el salario al del resto de compañeros que realizan las mismas funciones.
• Modificación de las órdenes de organización y funcionamiento de IES, de manera que se especifiquen claramente los criterios para la elección de horario teniendo en cuenta la posible coexistencia de docentes de Secundaria y docentes del cuerpo a extinguir de Profesores Técnicos de FP, además de recoger al profesorado de Especialistas en Sectores Singulares de FP.
• Confección de órdenes de organización y funcionamiento específicas de CIFPs
Nueva normativa:
- Cursos de especialización: Real Decreto 497/2024, de 21 de mayo, por el que se modifican determinados reales decretos por los que se establecen, en el ámbito de la Formación Profesional, cursos de especialización de grado medio y superior y se fijan sus enseñanzas mínimas.
- Grado Básico: Real Decreto 498/2024, de 21 de mayo, por el que se modifican determinados reales decretos por los que se establecen títulos de Formación Profesional de grado básico y se fijan sus enseñanzas mínimas.
- Grado Medio: Real Decreto 499/2024, de 21 de mayo, por el que se modifican determinados reales decretos por los que se establecen títulos de Formación Profesional de grado medio y se fijan sus enseñanzas mínimas.
- Grado Superior: Real Decreto 500/2024, de 21 de mayo, por el que se modifican determinados reales decretos por los que se establecen títulos de Formación Profesional de grado superior y se fijan sus enseñanzas mínimas.
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