La Orden publicada tiene carácter de permanencia por lo que en ella se fijan, de forma permanente, los plazos del procedimiento, salvo modificación de la norma. Se pretende agilizar el proceso mediante una serie de novedades: catalogación del oficio por parte de la Administración Educativa de ciertos tipos de centro, eliminación del requisito referido al acuerdo del Consejo Escolar, reducción a cinco criterios de catalogación,…
Podrán solicitar la catalogación, los centros deberán reunir alguno de los requisitos recogidos en la base Cuarta de la citada Orden. Los centros cuya tipología se encuentre recogida en la base Tercera de la Orden no deberán presentar solicitud ya que la propuesta de catalogación se realizará de oficio por la Administración Educativa.
Para cualquier duda o consulta se pueden dirigir a la siguiente dirección de correo electrónico: dificildesempeno@jccm.es