En el artículo 22 de la Orden 121/2022 de Organización y Funcionamiento, se recoge la definición y procedimiento para la solicitud y disfrute de este tipo de permisos a los que los docentes tenemos derecho en el ejercicio de nuestra labor permanente de formación y perfeccionamiento.
Artículo 22. Permisos de formación del profesorado.
- El profesorado podrá disponer, como máximo, de cuarenta y dos horas, por curso académico, para la asistencia a actividades de formación y perfeccionamiento relacionados con la propia práctica docente, la función directiva, la didáctica y la organización y funcionamiento de los centros, siempre que la disponibilidad del centro lo permitan.
- El director o directora del centro, a la vista de la solicitud de cada docente, validará en la plataforma habilitada correspondiente, su valoración sobre el motivo, las circunstancias del permiso solicitado y la disponibilidad del centro al respecto, con expresión de si es favorable o no. Dicha valoración se trasladará a la Delegación provincial competente en materia de educación con un mínimo de siete días hábiles antes del inicio de la actividad. En todo caso la valoración favorable de la dirección del centro implicará que se garantiza que el alumnado realizará las actividades escolares propuestas por el profesorado ausente, debidamente atendido por el profesorado del centro.
- En función de todos estos extremos y previa valoración por el Servicio de Inspección en la plataforma de gestión, la persona responsable de la Delegación provincial competente en materia de educación emitirá la resolución que proceda y se comunicará al centro.
- La formación contemplada en este apartado corresponde a iniciativas particulares del profesorado y es independiente de la formación incluida en programas institucionales que conlleven la asistencia obligatoria.
Aprovechando este cambio, se ha implementado en Delphos la posibilidad de realizar este trámite de forma online, sin necesidad de enviar ningún documento por otros canales, lo cual simplifica bastante nuestro trabajo.
Como puede leerse arriba, ahora tenemos un total de 42 horas de formación por curso y el procedimiento para su obtención es el siguiente:
- Acceder a Delphos con el perfil de Profesorado, opción PERSONAL/PERMISOS DE FORMACIÓN/SOLICITUDES DE FORMACIÓN.
- Pulsar sobre el icono NUEVO y cumplimentar la solicitud que, por cierto, es bastante completa, así que id preparando un buen número de cosas, incluyendo:
- Flyer o programa de la acción formativa;
- Plan de trabajo desglosado por sesiones y grupos;
- Relación con la práctica docente, etc.
- Una vez todo rellenado, pulsamos sobre el TICK/ACEPTAR
Por cierto, que los archivos sean PDF porque si subís JPG o similar, os dirá que ese tipo de archivos no están permitidos y cerrará la ventana y otra vez a empezar.
En este momento nos toca, como Directores revisar dicha solicitud y aprobarla para que continúe camino hacia la Inspección de Educación.
Delphos no avisa de que tenemos este trámite pendiente, así que tendrán que ser nuestro compañeros quienes nos avisen de que tenemos una solicitud pendiente de revisar y aprobar.
Para ello, entraríamos con el perfil de DIRECCIÓN, en la opción PERSONAL/PERMISOS DE FORMACIÓN/VALIDACIÓN POR DIRECCIÓN. Allí nos aparecerá una lista con las pendientes.
Como podéis ver en la imagen, tendremos que verificar que la solicitud cumple con las condiciones que se marcan y elegir en la lista desplegable de abajo, nuestro informe FAVORABLE o DESFAVORABLE.
En caso de aprobar (TICK/ACEPTAR) la solicitud, esta seguirá camino a Inspección y Jefatura de Inspección que es la que, finalmente, nos aprobará dicha solicitud.
Un saludo cordial.